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El Senado de la República aprobó una reforma que sanciona de uno a cinco años de cárcel a quien, con fines lascivos, asedie a persona de cualquier sexo en espacios públicos, privados o a través de medios informáticos, y que le cause cualquier tipo de daño o perjuicio.
Si la persona acosadora fuese servidor público o utilizara los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, adicionalmente será destituido del cargo e inhabilitado para ocupar otro cargo público hasta por un año.
“Sólo se procederá contra la persona que cometa la conducta descrita, a petición de la parte ofendida”, destaca la reforma avalada por unanimidad y que fue turnada a la Cámara Baja para su análisis.
En los argumentos de la reforma se expone: “Es común que las prácticas de acoso sexual se den en lugares públicos, lo que constituye una violación importante a los derechos humanos de la persona que lo sufre, especialmente para las mujeres y niñas”.
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