A partir de hoy, entran en vigor las reformas al artículo 148 del Código Civil Federal , que prohíben el matrimonio infantil y adolescente, ya que establecen que para contraer matrimonio es necesario haber cumplido dieciocho años de edad, sin excepciones ni dispensas legales.

Lo anterior quiere decir que a partir de hoy 31 Códigos Civiles locales prohíben de forma absoluta el matrimonio antes de los 18 años, y sólo el estado de Baja California aún conserva en sus leyes estatales excepciones y dispensas.

De acuerdo con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes ( SIPINNA ), desde 2016 se han impulsado, junto con autoridades de gobierno, organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales y academia, iniciativas para erradicar el matrimonio en menores de edad.

En la publicación de ayer del Diario Oficial de la Federación , se incluyó el Decreto que reforma y deroga las dispensas y excepciones al matrimonio antes de los 18 años, de esta forma, se elimina la versión anterior donde se permitía el matrimonio a partir de 16 años para los hombres y 14 años para las mujeres. También, se deroga la posibilidad de que autoridades locales y familiares concedieran dispensas o consentimiento para contraer matrimonio antes de los 18 años.

A esto se suma la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , en marzo de este año, que respondió a la acción de inconstitucionalidad 22/2016 promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes , para fijar la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, sin permitir excepciones legales para su celebración a personas menores de esa edad.

Las reformas que hoy entran en vigor contienen la reciente prohibición del matrimonio infantil en el Código Civil Federal hecha por el Senado de la República , mimo que se decretó por votación unánime el 21 de marzo del presente año, que derogó y modificó varios de sus artículos y posteriormente aceptada en la Cámara de Diputados.

En 2016 (a principios de año), la prohibición del matrimonio, entre o de personas menores de 18 años, estaba vigente en 18 estados del país y varias de ellas aún contaban con excepciones y dispensas legales que lo permitían.

Sin embargo, desde la creación de SIPINNA , a finales de 2015, se unió al impulso del cambio, y desde entonces, encabezado por organismos internacionales y diversas organizaciones de la sociedad civil, para articular un esfuerzo conjunto con el fin de prohibir dicho matrimonio a nivel federal y local.

Algunas de las instituciones que también han participado para erradicar el matrimonio entre menores de edad, han sido la Secretaría de Salud; el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia; la Subsecretaría de Derechos Humanos, Migración y Población de la Secretaría de Gobernación; el Instituto Nacional de las Mujeres; el Consejo Nacional de Población y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. También organismos internacionales como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia ( UNICEF ) y ONU Mujeres.

Mediante un comunicado, SIPINNA celebra la entrada en vigor de esta reforma que ayudará a impulsar un cambio cultural para erradicar las uniones forzadas y de hecho, con personas menores de 18 años de edad, y con ello se protegerán los derechos que son vulnerados por esta práctica, que consideraron, nociva para los niños.

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