La Sala Superior del ( TEPJF ) avaló la convocatoria emitida por el Instituto Nacional Electoral ( INE ) para llevar a cabo el ejercicio de revocación de mandato .

La aprobación la da el Tribunal luego de que la convocatoria fuera impugnada por la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), que alegó falta de justificación por parte del INE para la suspensión de propaganda gubernamental, en el marco del ejercicio de revocación de mandato.

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El gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro, también impugnó la convocatoria bajo el argumento de que no hay certeza del período de suspensión de propaganda.

No obstante, por unanimidad, el Tribunal aprobó la convocatoria señalando que la misma -en cuanto a la propaganda gubernamental- se justifica en el artículo 35 Constitucional y la propia Ley de Revocación de Mandato.

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