El pleno de la aprobó reformar la Ley General de Responsabilidades Administrativas para ampliar los elementos que deben considerarse para imponer sanciones administrativas a servidores públicos por faltas graves.

Se añadió en el artículo 80, una fracción VII que establece que se sancionará si hubo participación coordinada de dos o más servidores públicos y/o particulares en los actos u omisiones.

El dictamen fue aprobado por el pleno, por 445 votos a favor, y fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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Las sanciones administrativas se estipulan en el artículo 78 de dicha Ley, y pueden ser: suspensión del empleo, cargo o comisión; destitución; sanción económica; o inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

La , encargada de realizar el dictamen avalado, consideró que con la reforma se busca inhibir y combatir el que “se den estas formas asociativas entre servidores públicos o entre éstos y los particulares para violar la ley”.

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Asimismo, señaló que la corrupción del sector público ocurre de diversas formas, y existen estadios en los que se presenta la relación entre el servidor público y la delincuencia organizada, siendo éstos el soborno o cohecho, la inclusión del servidor público en una nómina, la infiltración de la delincuencia organizada en las oficinas gubernamentales o cuando ésta incide en la política financiando las campañas electorales.

Con información de Antonio López

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