La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las publicaciones realizadas en Twitter por legisladores están protegidas por la inviolabilidad parlamentaria cuando tengan un vínculo directo y específico con sus funciones.
El asunto se originó porque un militante de Morena presentó una queja en el Congreso de Jalisco contra un diputado del mismo partido, por una una publicación en Twitter relacionada con una reforma constitucional local.
La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena la declaró improcedente, al considerar que carecía de competencia porque se trataban de actos pertenecientes al derecho parlamentario.
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Por su parte, la Sala Regional Guadalajara revocó la sentencia local y ordenó a la CNHJ emitir una nueva resolución, valorando si los hechos denunciados vulneraban la normativa interna. Sin embargo, el diputado local interpuso un recurso de reconsideración.
Por mayoría de votos, las y los magistrados determinaron que la publicación en Twitter denunciada está protegida por la inviolabilidad parlamentaria. Al respecto, se señaló que las publicaciones que las personas legisladoras realizan en Twitter están protegidas por el principio de inviolabilidad parlamentaria cuando tengan un vínculo directo y específico con dicha función.
“En el proyecto se razona que el presente recurso es un asunto de importancia y trascendencia, el cual conlleva a determinar si las autoridades electorales y órganos partidistas pueden conocer este tipo de quejas partidistas, o, por el contrario, este tipo de quejas pertenecen al ámbito del derecho parlamentario”, expone.
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En el caso, el tuit denunciado fue publicado por la cuenta de la bancada de Morena y no por el legislador denunciado, además de que la información está relacionada directa y específicamente con la actividad parlamentaria de los legisladores de ese partido.
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