Señor Director:

Con relación a la columna publicada el 2 de septiembre por el columnista , titulada “ ”, se hacen las siguientes precisiones:

1. Respecto al número de elementos de la Guardia Nacional, se aclara que lo detallado en el anexo estadístico del Informe p. 57, se refiere únicamente a recursos humanos en seguridad pública; es decir, no es el número de estado de fuerza de la Guardia Nacional. Los 36,064 hacen referencia a las plazas que se transfirieron de la Policía Federal, incluyendo aquellas que siguen en la Unidad de Transición y las de los elementos que ya han sido liquidados. No se omite mencionar que, a este número se le debe agregar los elementos asignados por la Sedena y Semar que también forman parte de la Guardia Nacional, tal como lo establece el artículo transitorio segundo de la Reforma Constitucional y la Ley en la materia.

2. En relación con las víctimas de homicidio, se aclara que las cifras señaladas en el anexo estadístico relativas a agresiones (homicidios) son reportadas por la Secretaría de Salud conforme a los certificados de defunción.

Sobre la incidencia delictiva, es el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública la autoridad responsable de presentar la información reportada por las fiscalías y procuradurías de las entidades federativas; por lo que respecto a las víctimas por homicidios doloso del periodo de enero a julio de 2018 son 19,357, en el mismo lapso de 2019 son 20,176 y para el 2020 con corte a julio se tiene un registro de 20,492; lo que significa que en el 2020 hubo un crecimiento del 1.6 % comparado al 2019 y contra el 2018 se presentó un aumento del 5.8 % y no así del 9.5 % y del 11.3 % respectivamente, como menciona el autor en su nota.

Asimismo, como se ha dicho en otras ocasiones durante esta administración hemos logrado contener la tendencia histórica de crecimiento del homicidio doloso, obteniendo en promedio una variación del 0.1%, mientras que, en 2018 se observó un crecimiento del 1.3 %.

3. Sobre el crecimiento en la población penitenciaria, efectivamente, el Gobierno Federal considera buena noticia la Reforma Constitucional aprobada por el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, en donde se adicionaron 9 delitos, lo cuales fueron considerados por el impacto que tienen en la sociedad como corrupción, el robo de combustibles, el feminicidio, delitos electorales, entre otros. No obstante, se considera que el aumento de la población penitenciaria está directamente relacionado con el ejercicio de atribuciones y la eficiencia de las fiscalías tanto general como las estatales, en combatir los hechos delictivos y reducir la impunidad, sobre todo en el caso de los delitos que más afectan a la sociedad como aquellos contemplados en el artículo 19 Constitucional.

4. Finalmente, respecto a lo comentado del Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica, se precisa que los 700 mil pesos, se refieren a un rubro de gasto particular, concertado por una entidad federativa que busca fortalecer la Unidad de Investigación de la policía estatal, bajo el Programa Impulso al Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica, Subprograma Modelo Nacional de Policía.

La apuesta institucional es que la mayor parte del recurso asignado a las entidades federativas y municipios se gaste en seguridad se enfoque de manera trasversal en la implementación del Modelo, no obstante esa es una decisión que corresponde a cada uno de ellos. Sobre esto, se informa que la suma de inversión a los programas de: Impulso al Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica, Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana, Equipamiento, Infraestructura de los elementos policiales y las instituciones de seguridad pública, Sistema Nacional de Información, Profesionalización, Certificación y Capacitación de los elementos Policiales y las Instituciones de Seguridad Pública, rubros relacionados con el Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica es del 78 % del total de los recursos FASP y FORTASEG.

Carlos Durán Núñez
Dirección General de Comunicación Social de la SSPC

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