La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) defendió la libertad de expresión que en México tiene el expresidente de Bolivia,

A través de una nota informativa que difundió esta tarde, la Cancillería mexicana expuso que el derecho de libertad de expresión está garantizado por el artículo 6 constitucional así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), ninguno de los cuales hace distinción entre ciudadanos y extranjeros, ni tampoco sobre la condición bajo la que se encuentran éstos en el país.

”En el mismo sentido que la legislación nacional y la Convención Americana, la Convención sobre Asilo Territorial (México es parte desde 1982) – en su artículo VII- señala que no se puede coartar la libertad de expresión de los asilados y que dicho derecho no puede ser motivo de reclamación por otro Estado basándose en conceptos que contra éste o su gobierno expresen públicamente los asilados o refugiados.

Esto significa que la libertad de expresión de los asilados no debe estar sujeta a mayores limitaciones que las que tendría el de cualquier ciudadano mexicano”, expuso.

Incluso, añadió, si existiera conflicto alguno entre las disposiciones (”que no lo hay”), el artículo 1 constitucional obliga a que las normas se interpretan favoreciendo en todo tiempo la protección más alta de las personas (principio pro-persona).

El Tratado sobre Asilo y Refugio, de Montevideo de 1939, señala en su artículo 5 que las personas que tienen la figura de asilo no deben practicar actos que alteren la tranquilidad pública o que tienda. A participar o influir en actividades políticas. Relacione exteriores defendió que México no es parte de este Tratado y Bolivia, si bien lo firmó, no ha sido ratificado.

MAOT

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