La Consejería Jurídica de la Presidencia y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana ( SSPC ) afirmaron que las l eyes reglamentarias para la creación de la Guardia Nacional establecen parámetros claros y acordes a la Constitución federal.

Mediante un comunicado el gobierno federal difirió de las manifestaciones que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) incluyó en las acciones de inconstitucionalidad que presentó contra las cuatro leyes reglamentarias de la reforma constitucional que creó la Guardia Nacional y que fueron admitidas el pasado viernes por la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ).

“Estamos convencidos de que estos ordenamientos cumplen con los parámetros constitucionales que el Constituyente Permanente tuvo a bien definir con la reforma publicada el pasado ‪26 de marzo‬ del año en curso”, indicó el gobierno federal.

“Contrario a lo planteado por la CNDH consideramos que no existió omisión legislativa por parte del Congreso. Las leyes retoman cada uno de los aspectos establecidos en el artículo Cuarto Transitorio de la Reforma Constitucional, en donde se establecen los elementos mínimos que cada Ley debe de contemplar”.

Anunció que a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia defenderá ante la Corte la validez de los artículos impugnados por la CNDH.

Explicó que la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la Ley Nacional del Registro de Detenciones son “ordenamientos sin precedentes, que regulan a todas las Instituciones vinculadas a las tareas de seguridad pública en el país”.

"Establecen parámetros claros respecto a los niveles de la fuerza que los agentes de seguridad pueden utilizar en relación con los niveles de resistencia y la forma en que deben de realizar los registros de detenciones”, agregó.

“En el caso de la Ley de la Guardia Nacional consideramos que se reglamenta claramente como una institución policial de carácter civil dentro de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana”.

Afirmó que la ley de la Guardia Nacional establece que este cuerpo puede tener aspectos homologados a los de la Fuerza Armada permanente en lo relativo a estructura jerárquica, regímenes de disciplina que incluya faltas, delitos y sanciones a la disciplina policial, responsabilidades y servicios, ascensos, prestaciones, ingreso, educación, capacitación, profesionalización y el cumplimiento de las responsabilidades y tareas.

Recordó que la reforma constitucional en la materia se realizó mediante un proceso inédito porque contó con el aval de los 32 congresos locales y que las cuatro leyes se aprobaron con mayoría absoluta en las cámaras de Diputados y Senadores.

“Cabe señalar, que la formulación de las leyes materia de la controversia tienen un estricto apego a la Constitución y a diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos”, precisó el gobierno federal.

rmlgv

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