La tarde de este miércoles iniciaron las audiencias públicas sobre la reforma al artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, dictamen que se prevé sea abordaron en el pleno de la Cámara de Diputados la próxima semana.

Durante la inauguración de los trabajos el coordinador de Morena en San Lázaro, Mario Delgado Carrillo , expresó que en los tres días que se llevan a cabo las audiencias se tendrá “una experiencia muy rica”, y con ello prevé lograr los consensos necesarios para poder debatir el tema con las demás fracciones.

Ya en la discusión de los trabajos, el coordinador general de seguimiento a recomendaciones y de asuntos jurídicos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Rubén Francisco Pérez Sánchez, refrendó el llamado a que no se amplíe el catálogo de delitos que ameriten la prisión preventiva de oficio.

“La reforma que se comenta va en contra de los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) […] la crisis de violencia no puede ser enfrentada a través de la transgresión de derechos. La CNDH no está en contra de la prisión preventiva, sino de la prisión preventiva oficiosa”, señaló.

En cambio, propuso robustecer el sistema de impartición de justicia, a través de limpiar las cárceles de inocentes, darles mantenimiento y verdaderas capacidades de readaptación.

Por su parte, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda, Santiago Nieto Castillo , sentenció que los derechos fundamentales, salvo la prohibición de tortura y la integridad personal, tienen límites, y la prisión preventiva de oficio lo es para la presunción de inocencia.

“La prisión preventiva oficiosa ya está en la constitución, en el artículo 19, y es una excepciona la presunción de inocencia […] Podemos discutir si esto es bueno o malo, pero es lo que dice la Suprema Corte y es el más alto tribunal de esta República”, expresó.

Gonzalo Alanís Figueroa, de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, apuntó que “no es necesaria la reforma al texto constitucional, es suficiente con lo que se expresa en el Código Penal Federal”.

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