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En 2019, las universidades públicas estarán obligadas a someter su matrícula a la revisión de un auditor externo y a dar información sobre la aplicación y uso de los recursos públicos , de acuerdo con el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 .

“Las instituciones públicas de educación superior estarán obligadas a la práctica de auditoría externa de su matrícula, debiendo enviar los resultados de ésta, así como un informe semestral específico sobre la ampliación de la misma, tanto a la Cámara de Diputados como a la Secretaría de Educación Pública”, señala el documento que se dio a conocer esta tarde.

Además, se señala que las instituciones públicas federales y estatales de educación media superior y superior pondrán a disposición de la sociedad la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través de este Presupuesto de Egresos.

La información deberá estar disponible de manera permanente y actualizada en la página de Internet de la Secretaría de Educación Pública (SEP), y también deberá ser enviada .

“Las instituciones incorporarán en su página de Internet la información relacionada con los proyectos y los montos autorizados. En particular, el registro, la asignación, los avances técnicos, académicos o ambos, y el seguimiento del ejercicio de recursos, manteniendo la información actualizada con periodicidad trimestral”, señala.

En lo que respecta a educación básica, se establece que las instituciones educativas contarán con un listado exhaustivo que contenga el personal comisionado a actividades sindicales, información que enviará la SEP a la Cámara de Diputados.

Especifica que, “en ningún caso podrán existir nóminas o partidas confidenciales” puesto que los recursos públicos otorgados a las instituciones educativas que sean usados para el pago de nóminas deberán ejercerse, “en el marco de la transparencia y rendición de cuentas”.

Los beneficiarios de los programas deberán reportar a la SEP los montos pagados a cada trabajador .

Antes del 31 de enero, la SEP emitirá las convocatorias para el concurso de los diversos fondos aprobados, respecto de los programas a que se refiere este artículo, con la excepción de los que estén sujetos a los calendarios escolares específicos.

lsm

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