Hoy los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverán si ejercerán o no su facultad de atracción para analizar un amparo contra los acuerdos firmados por la Secretaría de Gobernación ( Segob ) y el ex gobernador de Oaxaca , Gabino Cué Monteagudo , con la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación ( SNTE ).

El juicio de garantías fue promovido por la asociación Aprender Primero que impugnó las prerrogativas que se otorgaron a los maestros en el marco de los acuerdos firmados con el ex gobernador.

La solicitud de atraer el caso fue arropada por el ministro José Ramón Cossío Díaz quien expondrá el caso ante sus compañeros de la Primera Sala de la Corte para que decidan si corresponderá a ellos o a un tribunal federal resolver el recurso de revisión derivado del amparo otorgado por el Juez Tercero de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México .

Aprender Primero es el brazo jurídico de Mexicanos Primero, y entre los beneficios que impugnó está el otorgamiento de plazas docentes, el derecho a no ser despedidos por un mal resultado en las evaluaciones docentes, la no aplicación retroactiva de la reforma educativa, entre otros.

El juez de amparo resolvió invalidar los acuerdos al considerarlos una violación directa al derecho a la educación y a las obligaciones impuestas al Estado para garantizarlo además de que la reforma educativa no transgrede los derechos laborales de los docentes.

"Dentro de un estado de derecho no pueden convalidarse actuaciones que favorecen a un sector de la población creando un régimen de excepción sin justificación constitucional válida", argumentó el juez de amparo.

Además del ex gobernador Gabino Cué, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca fueron señalados como autoridades responsables.

Ante la invalidez decretada por el juez, las autoridades promovieron recurso de revisión mismo que la propia asociación civil solicitó a la Corte que atraiga para resolver.

Entre los compromisos anulados está el del 10 de febrero de 2015 que establecía que las autoridades federales y estatales reconocían un “banco de plazas docentes” otorgado a la Sección 22 desde el año 1992, es decir, que las plazas serían otorgadas conforme a los parámetros establecidos por el sindicato.

También forman parte del litigio los acuerdos del 5 de noviembre de 2013 y del 27 de mayo de 2014 que incluían el derecho a no ser despedido por reprobar las evaluaciones docentes y a no ser removidos o cambiados en las funciones que venían realizando.

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