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La Comisión Permanente del Congreso , hizo la declaración constitucional la reforma al artículo segundo, que establece el reconocimiento de personas, pueblos y comunidades afromexicanas , como parte de la composición pluricultural de la nación.
Esto debido a que se recibieron 17 votos aprobatorios de los congresos de: Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y la Ciudad de México.
Con ello, este sector de la población adquiere los derechos establecidos en la Constitución para garantizar su libre determinación, autonomía, desarrollo e inclusión social.
La reforma establece que los afrodescendientes, actualmente no son sujetos de derechos plenos, lo que provoca su “invisibilidad” y discriminación, razón por la cual es indispensable su inclusión en la Carta Magna, como una de las tres raíces culturales, sociales e históricas de México.
“Los afromexicanos describen al conjunto de personas que bajo cualquier autodenominación, reconocen un origen o ascendencia de personas procedentes del continente africano en una condición que pudo ser o no forzada, antes o después de constituirse el estado nacional”, se lee.
La encuesta Intercensal del INEGI de 2015, señala que hay un millón 381 mil 853 personas que se consideran afrodescendiente en México, lo que representa el 1.2% de la población nacional, de los cuales 705 mil son mujeres y 677 mil, hombres.
La presencia afromexicana está en todo el país, aunque los estados en que habitan más personas de este sector son: Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Ciudad de México y Estado de México.
El documento resalta que los líderes del movimiento de Independencia y de la abolición de esclavitud en México, José María Morelos y Vicente Guerrero, pertenecían a este sector de la población.
La reforma fue remitida al Diario Oficial de la Federación para su publicación.
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