Las Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, aprobaron la Ley General de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y la creación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

La minuta proveniente del Senado y que alcanzó el aval de todas las fuerzas políticas, salvo la abstención de Morena, también crea la Comisión Nacional de Búsqueda, el Consejo Ciudadano y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, además de modificar el Código Federal Penal y la Ley General de Salud.

Determina la distribución de competencia y forma de coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno; estipula los tipos penales, y estipula que quien incurra en el delito de desaparición forzada, se le impondrá una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa.

Establece que comete el delio de desaparición forzada el servidor público o particular que con la autorización, apoyo o aquiescencia de otros servidor público o particular, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, no proporcione información sobre la misma, su suerte, destino o paradero.

“Cuando se trate de niñas, niños y adolescentes respecto de quienes haya noticia, reporte o denuncia de desaparición, se iniciará una carpeta de investigación en todos los casos y se emprenderá la búsqueda de manera inmediata y diferenciada, de conformidad con el protocolo especializado en búsqueda de personas menores de 18 años de edad que corresponda”, agrega el texto.

Los diputados coincidieron en que la minuta debía ser modificada, a fin de mejorar la legislación una vez que entre en vigor, pero con la intención de no seguir retrasando su expedición, es que consideraron, que debe ser votada en sus términos lo más pronto posible, y posteriormente buscar su perfeccionamiento y el presupuesto para su aplicación. Por lo que la minuta fue enviada al pleno de la Cámara Baja.

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