Nación

Ordenan revelar causas de salida de Medina Mora

AMLO y exministro tuvieron diálogo previo: Inai; Presidencia tiene 10 días hábiles para dar datos

Eduardo Medina Mora renunció a su cargo como ministro de la Corte. En octubre del año pasado entregó una carta con las razones que lo llevaron a tomar su decisión. ARCHIVO EL UNIVERSAL
13/01/2020 |03:27Diana Lastiri |
Redacción El Universal
Pendiente este autorVer perfil

El presidente Andrés Manuel López Obrador y el exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Eduardo Medina Mora tuvieron comunicación antes de la renuncia del jurista.

Así lo concluyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que ordenó al Titular del Ejecutivo federal dar a conocer las causas por las que dimitió el juzgador.

La resolución derivó de un recurso de revisión presentado contra las respuestas emitidas por el Senado y la Presidencia de la República en las que desconocieron la existencia de la carta de renuncia que Medina Mora entregó en octubre de 2019.

Newsletter
Recibe en tu correo las noticias más destacadas para viajar, trabajar y vivir en EU

En ese documento, de acuerdo con lo establecido en la Constitución, el exministro debió explicar al Mandatario federal las “causas graves” por las que dejaba su cargo.

Por ello, el pleno del Inai revocó la respuesta de la Presidencia y ordenó entregar la información, pues concluyó que existen datos suficientes para concluir que López Obrador y Medina Mora tuvieron comunicación antes de la renuncia.

Por esta razón, determinó, el Jefe del Ejecutivo está obligado a indicar los motivos de la dimisión, ya que el procedimiento se dio conforme a lo establecido en la Carta Magna, indica la resolución emitida en el recurso de revisión RRA14607/2019, en sesión del 18 de diciembre de 2019.

“En términos del artículo 98 de la Constitución Política se realizó la renuncia, misma que fue avalada por el Presidente y aprobada por el Senado de la República. Por todo lo anterior no se puede validar al sujeto obligado la inexistencia aducida”, se señala.

Para dar cumplimiento a lo ordenado por el pleno del Inai, la Presidencia cuenta con un término máximo de 10 días hábiles en los que deberá entregar cualquier documento relacionado con la renuncia de Medina Mora.

La Presidencia de la República aún puede impugnar la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales mediante un amparo para que un juez federal decida si está obligada a entregar información sobre las razones por las que el exministro Medina Mora renunció a su cargo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Te recomendamos