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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una mujer para que se reconozca el daño moral que sufrió de parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) después de que personal hospitalario en Quintana Roo entregara, erróneamente, el cadáver de su madre a personas ajenas a su familia.
De acuerdo con un comunicado de la SCJN, la mujer, después de la confusión del equipo del Seguro Social, ya no fue capaz de recuperar los restos de su madre.
Por lo tanto, la Segunda Sala anunció que se deberá cuantificar el monto de la indemnización por, lo que acusó, es "responsabilidad patrimonial del Estado".
"Se detalló que, si bien como regla general corresponde al reclamante probar la actividad irregular del Estado, en el caso, se actualiza una excepción", se detalló en el amparo directo cuya ponente fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
Según lo expuesto, es evidente el "menoscabo extra-patrimonial" causado, por lo que las pruebas para acreditarlo serían "redundantes" e "innecesarias".
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Además, se especificó que el IMSS aceptó la irregularidad y lo que ocasionó en la mujer: en primera instancia, que no pudiera velar a su mamá con base en los rituales religiosos que su fe dictaba.
Esto impidió que la afectada, explicó la Segunda Sala, pudiera llevar un proceso de duelo y una despedida acorde con sus creencias.
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El amparo fue resuelto en sesión de hoy, por una mayoría de tres votos.
em/bmc
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