La maestra consiguió la anulación de un juicio más en su contra, donde el (SAT) le imponía el pago de los 16 millones 174 mil 075 pesos por concepto de impuestos sobre la renta, recargos y multas omitidos en 2010.

Con cuatro votos a favor, tres con los puntos resolutivos y cuatro en contra, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), determinó anular el juicio por el crédito fiscal que le demandaba el SAT.

Cabe recordar, que este caso se suma a la determinación del TFJA, el pasado 4 de enero, donde Gordillo Morales ganó el juicio de amparo interpuesto en contra del pago del impuesto sobre la renta (ISR) por un total de 9 millones 431 mil 418 pesos , que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le atribuyó por el ejercicio fiscal de 2012.

Durante la sesión del Pleno del Tribunal, este miércoles 11 de enero, la magistrada Nora Elizabeth Urbi Genel, quien estuvo a cargo de la ponencia del caso, calificó los argumentos de Elba Esther Gordillo como fundados.

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La ex lideresa magisterial acusó a la autoridad fiscalizadora que durante el procedimiento que le imputó, se violentó su garantía de audiencia y su derecho humano de acceso a la justicia, ya que estaba privada de su libertad durante el periodo de tiempo que la autoridad ejerció sus facultades de comprobación.

Ante ello, la magistrada del TFJA señaló que del análisis realizado en las diversas etapas del procedimiento al que fue sometido la lideresa magisterial por el SAT, no consideró que en el momento que le fue requerida la comprobación documental, ya no era dirigente del sindicato y además estaba presa.

“El hecho de que la hoy actora ya no tuviera el cargo de presidenta vitalicia del sindicato al que perteneció, así como que se encontrara privada de su libertad constituyeron un obstáculo real que le impidió obtener la documentación comprobatoria que requería para su defensa”, precisó la magistrada Urbi Genel.

Agregó que el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), negó en reiteradas ocasiones la petición de la maestra para entregarle la documentación requerida que le permitirá comprobar a la autoridad fiscalizadora el debido cumplimineto de sus obligaciones fiscales.

Cabe señalar, que el tribunal determinó que el SAT podría reponer el procedimiento de considerarlo pertinente en un plazo no mayor a cuatro meses.

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