Tras la muerte de 40 migrantes en un incendio en la estación migratoria en Ciudad Juárez, Chihuahua, el Instituto Nacional de Migración (INM) endurecerá los controles de evaluación y confianza de su personal.

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En un anteproyecto en poder de EL UNIVERSAL y firmado por Francisco Garduño, comisionado de Migración, quien está citado hoy martes a una audiencia en la que la FGR buscará imputarlo por la muerte de los 40 migrantes, señala que sin excepción alguna quedarán sujetas a las evaluaciones del proceso de certificación las personas que aspiran a ocupar una plaza, las que celebren un contrato de prestación de servicios profesionales por honorarios y los funcionarios del instituto en activo.

Se detalla que la certificación comprenderá evaluaciones médicas, toxicológicas, sicológicas y poligráficas, así como antecedentes y entorno socioeconómico.

El anteproyecto recuerda que los servidores públicos del INM están obligados a someterse al proceso de certificación, que consiste en la comprobación del cumplimiento de los perfiles de personalidad, éticos, socioeconómicos y médicos, necesarios para ejercer sus funciones.

“Con fecha 8 de noviembre de 2012, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los ‘Lineamientos de operación del Centro de Evaluación y Control de Confianza del Instituto Nacional de Migración’, mismos que resultan necesarios adecuar conforme a las actualizaciones normativas, así como a las circunstancias actuales en relación con la funcionabilidad de la operación de éste, con la finalidad de brindar mayor claridad y eficacia en el desarrollo de diversas fases del proceso de evaluación.

“De conformidad con lo dispuesto en el reglamento, el proceso de certificación comprende las siguientes evaluaciones: I. Médica; II. Toxicológica; III. Sicológica; IV. Poligráfica; V. Antecedentes y entorno socioeconómico”, indica.

El anteproyecto advierte que es responsabilidad de la persona que se desempeñe como superior inmediato, hasta el titular de la unidad administrativa correspondiente, proporcionar referencias laborales respecto al desempeño de la persona a evaluar y las demás que se consideren necesarias según la normatividad vigente.

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Obligación

Se advierte que la información que se obtenga derivada del proceso de certificación, las evaluaciones de éste, el resultado único y los expedientes que se formen con motivo del proceso en mención serán protegidos en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y demás normativa aplicable al respecto.

“Sin excepción alguna quedan sujetas a las evaluaciones del proceso de certificación: las personas que aspiran a ocupar una plaza en el instituto o a celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales por honorarios; las personas servidoras públicas del instituto en activo y las personas prestadoras de servicios profesionales por honorarios con contrato vigente a la fecha de evaluación.

“La aprobación del proceso de certificación por parte de las personas aspirantes a ingresar al instituto no implica vínculo laboral alguno ni adquiere obligación el propio instituto para la contratación de participantes en dicho proceso”, establece.

Outsourcing para algunos servicios

Se advierte que si derivado del proceso de certificación se infiere que algún documento resulta presuntamente apócrifo, carente de validez o con irregularidades en su consistencia se hará del conocimiento del titular de la Subcomisión Jurídica del instituto para los efectos conducentes, adjuntando el escrito de la autoridad correspondiente que realizó el proceso de validación documental, así como cualquier otro que se estime necesario.

Además, se informa que el Centro de Evaluación podrá realizar la subrogación de algunos de los servicios vinculados a las evaluaciones del propio proceso de certificación.

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