La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite una impugnación presentada por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) contra una resolución que le obliga a entregar información sobre precios al productor vía transparencia.

De este modo, la Suprema Corte entrará al estudio de la facultad que tiene el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) para obligar a otros organismos constitucionalmente autónomos a entregar o responder las solicitudes de información presentadas por los ciudadanos.

En la controversia constitucional 357/2019, el Inegi reclamó que el Inai invadió su competencia al admitir a trámite un recurso de revisión contra una respuesta a una solicitud de información pública presentado por un ciudadano.

En el caso, el peticionario solicitó al Inegi las tarifas que recabó para elaborar el Índice Nacional de Precios al Productor de Electricidad Comercial, así como en industrial en alta tensión, industrial en media tensión, gas licuado y gasolina.

Al responder la solicitud, el Inegi indicó que la información era inexistente; sin embargo, en el recurso de revisión el Inai revocó la respuesta y le ordenó entregar los datos requeridos por el ciudadano.

Por ello, el Inegi consideró que el Inai invadió su competencia y pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación una suspensión para que éste no vuelva a admitir otro recurso de revisión en materia de transparencia contra las respuestas que emite a los ciudadanos vía transparencia hasta que el máximo tribunal emita su resolución en la controversia constitucional.

La Suprema Corte de Justicia negó la suspensión en esos términos, debido a que se trata de actos inciertos que pudiera emitir el Instituto Nacional de Transparencia.

En cambio, concedió la suspensión para que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y que el Inai se abstenga de intentar obligar al Inegi a cumplir la resolución en la que le ordenó entregar la información solicitada por el ciudadano.

“Resulta procedente conceder la suspensión solicitada para que se mantengan las cosas en el estado en que se encuentran, esto es, para que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se abstenga de ejecutar la resolución dictada en el recurso de revisión RRA 12162/19, hasta en tanto este alto tribunal se pronuncie sobre el fondo del presente asunto”, señaló la comisión.

Este no es el primer recurso que el Inegi promueve contra las resoluciones del Inai, en la Corte hay otras controversias constitucionales en las que reclama invasión de competencias por parte del órgano garante en materia de transparencia.

Por ello, el Inegi solicitó que la Suprema Corte de Justicia resuelva todos los recursos en una sola sesión y que se integre una comisión de secretarios de estudio y cuenta para que analicen todos los asuntos en conjunto.

“Dígase al promovente que, de estimarse necesario, se emitirá la determinación correspondiente”, respondió la Suprema Corte.

“De igual forma, respecto a su petición de que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva en una misma sesión las controversias constitucionales que menciona, dígasele que se determinará lo conducente en el momento procesal oportuno”.

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