La participación de elección popular de las mexicanas avanzó en el , a pesar de persistir la llamada violencia política con razón de género.

A fuerza de resolver sentencias y denuncias bajo nuevos reglamentos, en la última elección se logró la total paridad en la (250 de 500 curules), mientras que ellas consiguieron al menos seis gubernaturas de las 15 en disputa, para lograr que siete entidades estén bajo el mando de una mujer.

En 2015, a San Lázaro llegaron 214 diputadas, mientras que en 2018 fueron 241. En el caso de gobernadoras, en 2015 sólo Claudia Pavlovich (Sonora) ocupaba un gobierno estatal; para 2018, había tres mujeres: la sonorense, (Ciudad de México) y Martha Érika Alonso (Puebla), quien falleció ese año en un accidente aéreo.

Según la Dirección General de Igualdad de Derechos y Paridad de Género, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), entre el 4 de noviembre de 2016 y el 10 de octubre de 2021, el órgano judicial (con sus salas) ha emitido 977 sentencias relacionadas con violencia política en razón de género.

Por primera vez, una sentencia recayó en un partido político: el PES, cuando la Sala Regional Especializada determinó que se violentaron los derechos políticos de sus candidatas.

Recientemente, la Sala Regional Especializada multó al Partido Encuentro Social con 448 mil pesos, por no haber difundido en igualdad spots para sus candidatas, lo que fue considerado como violencia de género.

Sólo en 2021, la sala ha sancionado seis veces por violencia política en razón de género.

En abril de 2020, entraron en vigor reformas y adiciones a diversas disposiciones de las leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, General de Partidos Políticos, General en Materia de Delitos Electorales, Orgánica de la Fiscalía General de la República, Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la General de Responsabilidades Administrativas, para tipificar la violencia política en razón de género.

En estas leyes reformadas se describe a ese tipo de violencia como toda acción u omisión ejercida en la vida pública o privada, incluida la tolerancia que, basada en elementos de género, tengan el fin de limitar, anular o perjudicar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.

Antes de esa fecha, había un protocolo entre la autoridad administrativa electoral y las jurídicas para poder visibilizar, investigar y sancionar la violencia política en razón de género.

La ley contempla que la perspectiva de género debe incorporarse en el tema de monitoreo en radio y televisión, precampañas, campañas y noticieros durante los procesos electorales.

Ejemplo de otra sanción recién establecida por la Regional Especializada fue una multa impuesta a Guillermo Hernández por la publicación de una columna titulada Lavar puercos con agua y jabón, que hizo referencia a una hoy excandidata del PT a una diputación federal.

A Hernández se le impuso una multa de 5 mil 646.6 pesos y se le ordenó retirar la columna de redes sociales, además de disculparse con la afectada.

También hay mujeres acusadas de violencia política en razón de género. Amalia Berenice Sánchez Zúñiga y José Eduardo Ibáñez Gómez fueron multados con 6 mil 542.26 pesos por difundir en redes sociales comentarios en contra de la entonces candidata a diputada federal, Gabriela Jiménez Godoy.

Para el caso de la sentencia en contra del Partido Encuentro Social, por violencia política en razón de género, ésta fue impugnada y ahora se espera una sentencia que emitirá la Sala Superior del TEPJF.

En días pasados, el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que en las elecciones de 2017-2018 se recibieron 47 denuncias sobre el tema, mientras que en los pasados comicios fueron 147, en las que las candidatas a diputaciones federales y a las presidencias municipales fueron las principales víctimas.

En la última actualización de su Registro Nacional de Personas Sancionadas, el INE reporta 105 multados por violencia política de género, derivados del pasado proceso electoral, de los cuales 92 son hombres y 13 mujeres.

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