Ante las amenazas de intervención en México del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo respondió que “nosotros estamos actuando”, sin embargo, ¿qué es lo que prevén las leyes mexicanas ante una intromisión extranjera?
De acuerdo con el Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las facultades y obligaciones del Presidente, en su apartado VI, son preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente, o sea del Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y de la Guardia Nacional para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
El apartado VII de la Constitución establece que se debe disponer del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley.

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En tanto, el apartado VIII dispone que se debe declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
Adicionalmente, el apartado IX suscribe que, en la conducción de la política exterior, el titular del Poder Ejecutivo observará los principios normativos de la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.
Por su parte, el Artículo 119 establece que los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a las entidades federativas contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o trastorno interior, les prestarán igual protección, siempre que sean excitados por la Legislatura de la entidad federativa o por su Ejecutivo, si aquélla no estuviere reunida.
Mientras que el Artículo 40 dispone que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Destaca que el pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.
Añade que tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables.
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