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El Gobierno capitalino hizo oficial el retiro de fotomultas, por lo que este esquema de infracción ya no es válido en la Ciudad.

Ayer, mediante un decreto publicado en la Gaceta Oficial capitalina, se reformó el artículo 9 del Reglamento de Tránsito, referente a los límites de velocidad, en él se retira el párrafo que hacía referencia a los aparatos y sistemas tecnológicos que se dedican a detectar diversas conductas, como circular en sentido contrario, invadir carriles confinados, transportar niños en asientos delanteros, invadir el paso peatonal, no respetar la luz roja del semáforo, dar vuelta prohibida, falta de uso de cinturón de seguridad y el uso de distractores al conducir, entre otros.

Mientras que el esquema de multas y el retiro de puntos en las licencias sigue vigente.

Asimismo, se deroga el artículo 61 —que trata de las infracciones detectadas a través de los aparatos de fotomultas— y la señal restrictiva que indica la utilización de estos equipos.

De acuerdo con las autoridades, los aparatos de fotomultas y radares de velocidad serán reubicados en puntos críticos. La tecnología seguirá en uso, bajo distintos estándares y sanciones dirigidas al cambio de conductas.

La reforma también establece que cuando se trate de infracciones impuestas por un agente de Tránsito y expedidas mediante sistemas tecnológicos portátiles, la boleta será entregada de forma personal; de no ser posible, la infracción será notificada por correo certificado o con acuse de recibo en el domicilio registrado del propietario del vehículo, quien será responsable de su pago.

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