Cuautitlán Izcalli, Méx.- De enero a mayo del 2026 se han registrado en el Estado de México 1 mil 224 denuncias por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, lo que ubica a la entidad en el segundo lugar nacional, por debajo de Guanajuato, estado que en el mismo periodo suma 1 mil 284 casos.
Las diez entidades del país con más denuncias por este ilícito son Guanajuato con 1 mil 284; Estado de México, 1 mil 224; Chihuahua, 991; Sonora, 733; Tamaulipas, 700; Hidalgo, 626; Baja California, 527; Tabasco, 509; Veracruz, 460; y Baja California Sur con 401.
Los datos que publicó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), al corte de mayo de este año, reflejan que en el Estado de México ocurrieron, en promedio, 8.1 denuncias diarias por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, en los primeros cinco meses del año.

En el mismo periodo de enero a mayo, pero del 2025, la cantidad de denuncias que registró el SESNSP en la entidad mexiquense, por ese mismo delito, fue de 1 mil 183, por lo que actualmente incrementó en 3.4% al alcanzar la 1 mil 224 carpetas de investigación.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reportó que en el Estado de México, en enero de 2026 hubo 236 denuncias, para febrero fueron 220, en marzo creció a 280, mientras que en abril pasó a 237 y en mayo a 251.
Los diez municipios del Estado de México que tienen más denuncias por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, de enero a mayo del 2026, de acuerdo con las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública son: Toluca con 141 carpetas de investigación, seguido de Ecatepec, que reporta 130; Nezahualcóyotl, 69; Cuautitlán Izcalli, 59 casos.
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Además, los datos del SESNSP incluyen a Naucalpan, con 51 denuncias, Tecámac con 45, Atizapán de Zaragoza tiene 42, Tlalnepantla reporta 36, para el caso de Metepec suman 35 y en Texcoco contabilizan 30 carpetas de investigación.
El delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar está tipificado en el Artículo 217 del Código Penal del Estado de México, documento que establece que el delito es castigado con penas que van de los 2 a 5 años de cárcel para quien abandone a sus descendientes, ascendientes, cónyuge, concubina, concubinario o acreedor alimentario.
De 2 a 7 años de cárcel y de 300 a 300 días multa a quienes intencionalmente se coloquen en estado de insolvencia para eludir el cumplimiento. Y de 3 a 8 años y de 50 a 300 días de multa por incurrir en negligencia u omisión en más de una ocasión en las obligaciones que le impone la ley, ponga en riesgo la salud mental o física del menor.
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