La Secretaría de Medio Ambiente capitalina informó que los automovilistas que incumplan las restricciones vehiculares durante la Fase 1 de Contingencia Ambiental podrán ser multados económicamente por 20 UMAS, es decir, mil 924.4 pesos.
¿Qué autos están restringidos de circular?
Esto, detalló, de acuerdo con el Reglamento y el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria.
Recordó que hoy de las 05:00 a las 22:00 horas no podrán circular:
a. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00” engomado rojo terminación de placa 3 y 4
b. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2
c. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras
d. Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo con las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
e. Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2
f. Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma “00” ó “0” engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
g. Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR
h. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 06:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o Estado de México
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