El ejido Dziuche , ubicado en el municipio de José María Morelos, logró que e l decreto de Área Natural Protegida (ANP) estatal denominado “Sistema Lagunar Chichankanab” fuese declarado “insubsistente” por un juzgado de Distrito, en tierras de su propiedad.

La sentencia correspondiente fue expedida el 13 de febrero pasado, por el Juzgado Primero de Distrito e implica que el decreto publicado por el gobierno de Quintana Roo, el 1 de abril de 2011, no aplica en las 11 mil 609 hectáreas propiedad del ejido Dziuche, informó el Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible en la Península de Yucatán (CCMSS-PY).

El fallo derivó de un amparo promovido por el ejido, el 26 de marzo del 2018, en contra del decreto promulgado por la administración del entonces gobernador, Félix González Canto , a sus espaldas.

La demanda fue desechada al considerarla improcedente, lo cual dio pie a un recurso de queja posterior, presentado el 9 de abril del año pasado ante el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, radicado en Cancún.

El Tribunal ordenó al Juzgado, el 28 de junio de ese año, admitir a trámite la demanda, explicó la asociación civil Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC), que brindó asesoría legal a los ejidatarios.

Al resolver el caso, la jueza, Socorro del Carmen Díaz Urrutia, concluyó que las autoridades estatales demandadas -el gobierno de Quintana Roo y su Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA)- violaron los derechos de propiedad de los ejidatarios y su derecho de audiencia, al ocultarles que el proceso para la declaratoria de la ANP seguía en curso, pese a su oposición, como dueños de las tierras.

Al no haberles notificado, se impidió a los ejidatarios comparecer durante el procedimiento de emisión de la declaratoria y hacer valer sus derechos, como lo es la libre disposición de su territorio.

“No se trata solamente de actos de molestia, pues (el decreto) prohíbe una disposición absoluta del inmueble del quejoso, ya que condiciona su disposición bajo ciertas limitaciones, cambios, modificaciones y restricciones”, se lee en la sentencia.

De acuerdo con la Ley Agraria, corresponde a la Asamblea General de Ejidatarios, otorgar su autorización para el destino de las tierras y aguas ejidales.

El 28 de junio del 2009, la Asamblea General del ejido Dziuche, rechazó de forma unánime, la entrega de 14 mil 026 hectáreas de terrenos, solicitados por la SEMA, para integrar el polígono del ANP, impulsada por el gobierno estatal.

Además, el gobierno estatal, la Secretaría de Gobierno y la SEMA, omitieron poner a disposición del Ejido los estudios que justificasen la declaratoria del ANP; tampoco les notificaron sobre la entrada en vigor del decreto.

Los ejidatarios se enteraron fortuitamente, hasta el dos de mayo del 2013, porque funcionarios del estado, acompañados de biólogos y financiadores, navegaban por la Laguna Chichankanab, para comenzar con la delimitación del Área Natural Protegida, que abarcaba ese importante cuerpo de agua.

Lo anterior, dio pie al inicio del juicio, cinco años después. En su defensa, las diversas autoridades del gobierno del estado, negaron los actos reclamados y argumentaron que, pese a que los ejidatarios son dueños de las tierras dentro del polígono decretado y, por tanto, afectados por la creación de la ANP, “carecían de interés jurídico para promover el juicio de amparo”.

Ambos argumentos fueron desestimados por la jueza, Díaz Urrutia, quien concluyó que los terrenos del ejido Dziuche quedan fuera de la aplicación del decreto de ANP.

rmlgv

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