¡Tranquilos, tranquilos!, ni todo el mundo puede sembrar libremente marihuana para el uso que se le pegue la gana, ni lo que sucedió ayer en la Corte es infructuoso, pero, hablar de la “legalización” de la mota es, de menos, una exageración.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha concedido un amparo a cuatro individuos de la Sociedad Mexicana de Auto Consumo Responsable y Tolerante, SMART, integrada por dos abogados, un contador y una activista social, fuera de estos cuatro individuos, nadie, va con mayúscula, NADIE MÁS, puede beneficiarse del amparo.

Existe una figura denominada acción de inconstitucionalidad que únicamente pueden llevar a cabo ciertas autoridades frente a la SCJN, entre ellas el Congreso, la PGR y la Presidencia de la República, cuando esto sucede los fallos de la Corte se vuelven vinculantes a toda la población, de otra manera, como sucedió ayer, el fallo tiene efectos únicamente para los quejosos, osea para el grupo SMART.

Si usted no tiene un amparo a su favor no puede sembrar marihuana, sin embargo, la ley mexicana le permite consumir todos los churros que se le antojen aunque con una salvedad: para adquirir su hierba tendrá que contactar a un dealer previamente acreditado por la mafia mexicana o internacional, si lo matan, secuestran, violan o torturan en el proceso, tendrá que bancarse el riesgo. ¿Un sinsentido, no cree?

Únicamente cuatro personas en este país pueden legalmente, hoy día, fumar la marihuana que ellos mismos cultivan sin el riesgo de enfrentarse a las grandes mafias que han generado cientos de miles muertos, los demás deben seguir negociando con el cártel de su preferencia.

SMART no puede vender la mota que siembre, no puede exportarla, no puede generar empleos, ni tampoco pagar impuestos sobre su producción.

Empero, puede venir pronto un debate interesante, ¿SMART puede regalar la marihuana que siembra?, al parecer sí. ¿Podría SMART fundar un club de de marihuana, cobrar por la suscripción al mismo pero no por la mota que regalen en sus fiestas? No sabemos aún.

¿Cuántas matas de mota pueden sembrar?, como la SCJN no legisla sino que únicamente interpreta la ley, nace una laguna jurídica: ¡las que se les antoje!, desde un par de macetitas hasta varias hectáreas, ¿cuánto es necesario para el autoconsumo?, ¿los 5 gramos de portación?, ¿y esos 5 gramos son para una hora, un día, una semana o para un mes?, no hay legislación, por lo tanto, no hay una respuesta certera.

Gracias al fallo de la SCJN se abre un nuevo debate entorno a la necesidad de un debate serio y con efectos vinculantes en dónde importa el debate, en el Congreso de la Unión, hasta que esto suceda no podremos hablar ni de prohibición ni de legalización de facto.

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