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Visa americana: quiénes deben tener públicas sus redes sociales

Esta medida entró en vigor el año pasado, aunque ahora se amplió a más tipos de visado

Fotos: iStock y Panos Sakalakis. Unsplash
07/04/2026 |08:11
Omar Moreno
Reportero de Destinos Ver perfil

En junio de 2025, el Departamento de Estado de Estados Unidos informó que ciertos solicitantes de la debían cumplir un requisito adicional: mantener públicas sus .





Hace algunos días, la Embajada de Estados Unidos en México detalló que esta medida se ampliará a más tipos de visado.

Te contamos los detalles.

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¿Por qué se deben tener públicas las redes sociales para tramitar la visa americana?

Desde que la medida entró en vigor a mediados del año pasado, el Departamento de Estado argumentó que se trata de una de las estrategias ordenadas por la administración de Donald Trump para reforzar la seguridad nacional.

Foto: dlxmedia.hu. Unsplash

Además, la Embajada de Estados Unidos en México hizo un posteo en redes sociales el 1 de abril de 2026 en el que destaca que “cada decisión de visa es una decisión de seguridad nacional”.

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Este ‘requisito’ sirve para que los agentes migratorios estadounidenses revisen las redes sociales (principalmente Facebook, Instagram, TikTok, YouTube y X) de cada solicitante para comprobar su historial de actividad, descartar o encontrar contenido polémico que podría ser considerado como una potencial amenaza y verificar la veracidad de la solicitud.

¿Qué solicitantes de visa americana deben tener públicas sus redes sociales?

El ‘requisito’ de tener públicas las redes sociales comenzó aplicándose para solicitantes de visa americana tipo H-1B (profesionistas especializados, modelos o participantes en proyectos del Departamento de Defensa), F (estudiantes inscritos en universidades, preparatorias, programas de idiomas o seminarios), M (estudiantes de carreras técnicas o vocacionales) y J (visitantes de intercambio como au pairs, investigadores y profesores).

Foto: iStock

Sin embargo, desde el 30 de marzo de 2026, la revisión se amplió a las siguientes categorías:

  • A-3 y C-3 (trabajadores domésticos);
  • G-5 (empleados de una organización internacional designada o de la OTAN);
  • H-3 (aprendices en cualquier categoría de trabajo y visitantes especiales en intercambio educativo);
  • H-4 (cónyuges de personas con visa H-1B).

La medida también aplica para dependientes de las categorías H-3, K-1 (prometidos de ciudadanos estadounidenses), K-2 y K-3 (hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses), Q (intercambio cultural), R-1 (trabajador religioso), R-2 (dependientes de trabajadores religiosos), S (testigos e informantes), T (víctimas de trata de personas) y U (víctimas de actos criminales).

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¿Qué pasa si no tengo públicas mis redes sociales al tramitar la visa americana?

El posteo de la Embajada de Estados Unidos en México indicó que “tener privadas las redes sociales puede retrasar el trámite de visa”.

En casos donde las autoridades estadounidenses no puedan hacer una revisión de los perfiles del solicitante, se corre el riesgo de que la visa americana sea denegada.

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