A través del T-MEC, Estados Unidos ejerce funciones de autoridad laboral en México, ya que estará encargado de sancionar en caso de que haya una violación a lo acordado en el acuerdo comercial que ambos países comparten con Canadá, dijo el socio director de Santamarina + Steta, Juan Carlos de la Vega.
El abogado, quien encabeza la práctica laboral de la firma, advirtió que en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no se delimitó una cancha pareja para los tres países.
Si Estados Unidos quiere iniciar un mecanismo laboral de respuesta rápida contra México, lo puede presentar sin condición, pero en el caso inverso se debe cumplir el prerrequisito de que una instancia estadounidense revise y se pronuncie sobre el tema, previo a la controversia.
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Con la entrada en vigor del T-MEC, en julio de 2020, el gobierno de EU puede usar el mecanismo de respuesta rápida, pese a que México está en la fase de implementación de la reforma laboral de 2019 y tiene hasta el 1 de mayo de 2023 para legitimar contratos colectivos de trabajo.
“El verdadero punto es que es una condición única y especial, esta en materia laboral. Estados Unidos tiene dos organismos: la USTR (Representación Comercial de Estados Unidos) y el Department of Labor (Departamento del Trabajo), que están haciendo funciones de autoridad en México. Eso es complicado, lo que pone un muro a los mexicanos para levantar una queja contra los estadounidenses”, explicó.
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