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La Cámara de Comercio de Canadá (Cancham, por su acrónimo en inglés) señaló que aunque México estableció en el T-MEC su derecho soberano a reformar su Constitución y legislación interna en materia energética , tanto en ese tratado como en el TPP-11 se comprometió a no modificar lo previamente pactado en otros acuerdos.
En un comunicado sobre los compromisos energéticos de México en el T-MEC y otros acuerdos comerciales, la Cámara canadiense aseguró que México también firmó su determinación de " no discriminar a los inversionistas extranjeros sobre los nacionales".
"No puede tomar medidas que se traduzcan en una expropiación disfrazada de los activos de los inversionistas; no puede favorecer discriminatoriamente a las empresas estatales como Pemex y CFE respecto de sus competidores o clientes privados”, advirtió el organismo.
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Otros de los compromisos que tiene el país en ss tratados comerciales internaciones es que “ no puede dictar resoluciones gubernamentales caprichosas o permitir que sus órganos autónomos sean omisos en su actuación pública al no resolver ningún expediente de los particulares”, señaló.
Luego de que el gobierno federal declarar que el T-MEC incluye un apartado que permite al Estado Mexicano modificar su constitución y sus leyes en materia de hidrocarburos, incluyendo dominio directo y propiedad inalienable, la Cancham advirtió que la reforma energética de 2014 se consolidó en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, as T-MEC y en el Acuerdo Global y Progresista de Asociación Transpacífico (TPP-11).
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En el artículo 32.11 del T-MEC, sobre las concesiones otorgadas por el gobierno mexicano en materia energética, y en los capítulos de inversión, comercio transfronterizo de servicios y empresas del Estado del TPP-11, se acordó que “México le otorgará a Estados Unidos y Canadá un trato equivalente , de Nación más favorecida al otorgado a otros socios”.
La Cámara de Comercio de Canadá añadió que el gobierno de México se comprometió a tener una política energética baja en emisiones y solo será factible si se promueve la inversión privada en energías renovables y si se respetan los compromisos internacionales en materia ambiental del T-MEC y TPP-11.
cev/jcgp
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