La Secretaría de y Crédito Público (SHCP) informó que los ganadores de los premios a repartir durante " " estarán libres del pago de impuestos .

Al dar a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las bases para dar los estímulos fiscales para el periodo de ofertas que se llevará a cabo del 10 al 16 de noviembre del 2021, confirmó que sorteará 500 millones de pesos entre los consumidores cuyas compras se realicen por medios electrónicos, es decir con tarjetas de crédito y débito .

Además, entregará premios a los contribuyentes personas físicas y morales que vendan bienes o presten servicios como micro o pequeños comercios, que hayan obtenido ingresos acumulables de hasta 5 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior, siempre que se inscriban en el portal de Internet de "El Buen Fin" para el ejercicio de 2021 y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o débito.

Detalló que el monto de los impuestos estatales que se generen por la obtención de los premios del sorteo que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ), será cubierto por la Federación a la entidad federativa en donde se entregue el premio correspondiente, a través del procedimiento de compensación permanente de fondos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 15 de la Ley de Coordinación Fiscal y establecido en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal que tienen celebrados las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal .

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La Federación también cubrirá a los municipios, a través de cada estado en donde se entregue el premio respectivo, las cantidades que correspondan por la aplicación del impuesto municipal a la obtención de premios, de conformidad con lo previsto en el presente artículo.

Así lo dio a conocer en el DOF para dar integralidad al sorteo "El Buen Fin", promover la formalidad de quienes vendan bienes o prestan servicios, al mismo tiempo de incentivar el consumo final, y contribuir con ello a la recuperación de la economía nacional, la cual se ha visto afectada por la pandemia provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Se establece que se otorgará un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular.

Podrán acreditar el estímulo fiscal otorgado contra los pagos provisionales, definitivos y anuales del impuesto sobre la renta (ISR) propio o retenido a terceros hasta agotarlo, a partir del mes siguiente a aquél en que realicen la entrega de los premios a cada ganador, siempre y cuando hayan entregado al SAT la información que dicho órgano determine a través de las reglas de carácter general.

Aclaró que la aplicación del estímulo fiscal establecido en el presente Decreto no dará lugar a devolución ni compensación.

El SAT dará a conocer próximamente las bases para la realización del sorteo fiscal.

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vcr/lsm

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