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Las obligaciones que contemplan la separación de los canales deportivos Fox Sports de la fusión Disney-Fox son proporcionales y buscan no afectar a los consumidores, afirmó Javier Juárez, comisionado del IFT.

“Consideramos que son las medidas proporcionales como lo ordena la ley en función del riesgo que se había detectado y que son las medidas que van a garantizar que siga habiendo un entorno de competencia en la compra de estos contenidos deportivos por parte de proveedores del servicio de televisión por cable para que no se vean afectados de ninguna manera los consumidores”, subrayó.

Juárez explicó que la ley indica que cuando el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es notificado sobre una concentración, se deben evaluar los riesgos o efectos adversos al proceso de competencia y, una vez identificados, se establezcan condiciones que sean proporcionales.

“En función del riesgo que se está detectando en esa medida deben ser las obligaciones que se le imponen”, expuso el comisionado.

El regulador decidió separar los canales Fox Sports debido a que forman parte de la compañía adquirida.

“La empresa que se está adquiriendo es de Disney a Fox, entonces se consideró como la parte más práctica, que esto que es la parte que va a adquirir Disney, no entre a la nueva operación”, agregó.

Al ser cuestionado sobre la posibilidad de que un tercero compre los canales deportivos Fox Sports, el comisionado dijo que se consideró que se trata de un negocio en marcha, competitivo y viable: “Considerando que será viable, sostenible, pensamos que puede haber personas que se les haga atractivo adquirir este negocio”.

Cuando las empresas tengan al posible comprador, el instituto lo tiene que calificar y detectar qué efectos puede tener en el mercado considerando la compañía que adquiera los canales Fox Sports: “Eso en su momento lo vamos a tener que evaluar, para asegurarnos de que no haya efectos anticompetitivos”.

Sobre la adquisición de estos canales por parte de Televisa, Juárez expuso que no puede prejuzgar sobre ninguna empresa: “Lo que se establece es que el comprador no puede ser alguien que genere efectos adversos a la competencia”.

Como parte del proceso de desincorporación, detalló que cuando se cierre la operación de concentración a escala global, la empresa debe contar con un administrador independiente, un agente de desincorporación encargado de la venta y un auditor independiente que reporte cómo se están cumpliendo las medidas de desincorporación.

Juárez agregó que si el agente de desincorporación no logra vender o enajenar los canales en un plazo de seis meses, se puede pedir prórroga por un plazo similar.

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