El Instituto Mexicanos del Seguro Social comprará seis crematorios para atender las necesidad derivadas de contagios por tendidos dentro de sus instalaciones o de familiares que soliciten el servicio en sus velatorios.

Cada horno tiene un costo unitario de un millón 724 mil 137.93 pesos, según el oficio que el director de Administración del instituto, José Antonio Olivarez Godínez, hizo llegar a la Unidad de Inversión de la Secretaría de Hacienda el pasado 15 de abril.

El desembolso total por estos equipos, que podrán funcionar con gas natural o gas licuado de petróleo (LP) asciende a 12 millones de pesos, y se pretende obtenerlos lo más pronto posible considerando que la contingencia sanitaria por la que atraviesa el país se ubica y asimila a la naturaleza de un desastre natural.

Con ello, el IMSS ampliará su capacidad de incinerar cadáveres en sus 18 velatorios distribuidos en 14 entidades federativas.

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El 30 de marzo, el Consejo de Salubridad General publicó en el DOF el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) , que en el artículo segundo explica que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia sanitaria.

El mismo día en que el IMSS solicitó recursos para la adquisición de los crematorios, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell Ramírez aseguró que en México no se cremarán cuerpos de fallecidos por Covid-19.

Con esta decisión se pretende no interferir en la Ley General de Víctimas por desaparición forzada, ya que "resulta improcedente", aunque sea recomendable en términos sanitarios.

"Se va a eliminar la idea del criterio de cremación, atendiendo a las disposiciones de la Ley General de Víctimas", declaró el subsecretario durante la conferencia sobre el informe técnico de todos los días de la pandemia en México.

Los lineamiento de salud establecen la prohibición de la incineración de los cuerpos no identificados o identificados no reclamados de personas fallecidas por sospecha o confirmación de SARS-CoV-2 , situación que se deberá reportar a las autoridades correspondientes y a la Comisión Nacional de Búsqueda con la entrega de foto y datos biométricos de la persona fallecida.

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La cremación puede considerarse sólo si se cumplen con las siguientes premisas:

Que el cuerpo está plenamente identificado y reclamado; que familia ha sido informada y está de acuerdo con la decisión de cremación; que no se trate de una muerte violenta o en investigación judicial; las cenizas pueden ser objeto de manipulación sin que supongan ningún riesgo infeccioso.

Pero la decisión sobre la cremación del cuerpo de un paciente fallecido por coronavirus la tendrá que tomar la familia si decide utilizar algunos de los velatorios del IMSS que prestan este servicio por un precio de 4 mil 500 pesos -precio vigente hasta 2019-.

shgm

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