El ( SAT ) tiene a disposición de los contribuyentes el Buzón Tributario para realizar trámites , presentar promociones , depositar información o documentación , atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas.

Asimismo, a través de este canal se les notifica a los contribuyentes sobre actos administrativos y el SAT da respuesta a sus solicitudes , promociones o consultas .

Para ingresar al Buzón Tributario , las personas físicas sólo necesitan su contraseña , mientras que las personas morales deben de contar con su e.firma .

Trámites y servicios a través del Buzón Tributario:​

 

Notificación electrónica

► Comunicados de interés

► Mis documentos (mi repositorio)

► Trámites

► Contabilidad electrónica

► Fiscalización electrónica

► Impuestos internos

► Devoluciones y Compensaciones

► Avisos

► Decretos

Cabe mencionar que si tributas en el Régimen de Incorporación Fiscal , enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet cuentas con fecha límite para habilitar el Buzón Tributario de acuerdo con lo siguiente:

Estas son las fechas límites para habilitar tu buzón tributario del SAT
Estas son las fechas límites para habilitar tu buzón tributario del SAT

Tanto para las personas físicas sin obligaciones fiscales , sin actividad económica y suspendidos como para las personas morales cuya situación fiscal ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) sea suspendido habilitar el Buzón Tributario es opcional.

Personas físicas y morales 

que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados , no están obligados a habilitar su Buzón Tributario .

sg

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses