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Para que circules por las calles de la CDMX sin tener problemas con la ley, es necesario que te apegues a las reglas de tránsito . Estas disposiciones agilizan el desplazamiento de los autos por la vía pública y evitan conductas peligrosas al volante para mayor seguridad de los conductores, motociclistas, ciclistas y peatones.
Aunque el conocimiento de estas normas es esencial para cualquier automovilista, existen en las vialidades apoyos visuales llamados señales de tránsito , para que tengas presentes en todo momento las reglas. Si las ignoras, podrías meterte en problemas, ya sea económicos o administrativos.
Prevé estas situaciones y descubre cuáles son las sanciones que recibirás si no respetas las señales de tránsito .
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Preferencia de paso para peatones
El artículo 6 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que los automovilistas deben cederle el paso a los peatones cuando el semáforo cambia de color y ellos no han cruzado la vía por completo, en vueltas para incorporarse a otra vialidad , en intersecciones sin semáforo, si las aceras no están disponibles para la circulación peatonal en ese momento o si un señalamiento lo indica, como en el caso de las zonas escolares.
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Quienes no acaten estas normas se harán acreedores a una multa de 10 a 20 veces del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización ( UMA ) vigente. En 2021, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) calculó que esta cifra equivale a 89.62 pesos, así que la sanción sería de 896 a mil 792 pesos, dependiendo de la gravedad de la falta .
Asimismo, se le restarán tres puntos a la licencia del conductor responsable de la infracción . Ten en cuenta que pueden cancelarte la licencia si acumulas 12 puntos de penalización en un año; después de eso, no podrás tramitarla de nuevo en los siguientes tres años, señala el artículo 66 del mismo documento.

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Exceso de velocidad
El artículo 9 del Reglamento de Tránsito de la CDMX determina que los conductores deben apegarse a los límites de velocidad marcados en la señalización vial . De lo contrario, recibirán una multa de 10, 15 o 20 veces respecto a la UMA vigente; esto implica un pago de 896 a mil 792 pesos.
Si no ves señales de tránsito en el área, los límites de velocidad por normativa son: una máxima de 80 kilómetros por hora (km/h) en los carriles centrales de las vías de acceso controlado; 50 km/h en las vías primarias; y 40 km/h en las vías secundarias, incluyendo las laterales de las vías de acceso controlado.
De igual manera, en las zonas de tránsito calmado, el límite es de 30 km/h; en zonas escolares, de hospitales, de asilos, de albergues o casas hogares, la velocidad máxima es de 20 km/h y en estacionamientos o vías peatonales es de 10 km/h.
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En estos últimos casos, el incumplimiento de los límites de velocidad será motivo de la multa antes mencionada, así como de la pérdida de seis puntos en la licencia de conducir y de uno a cinco puntos en la matrícula del vehículo si la sanción se detectó por sistemas electrónicos.
Para los conductores de transporte público de pasajeros o de carga, la multa ascenderá hasta un monto equivalente de 20 a 30 veces la UMA vigente. En otras palabras, pagarás entre mil 792 y 2 mil 688 pesos.
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Circulación en sentido contrario
Según el artículo 8 fracción IV del Reglamento de Tránsito , los automovilistas deben desplazarse en el sentido que indique la vía . Si se trata de carriles reversibles, es importante que respetes los tramos y horarios determinados por las autoridades capitalinas.
Si son vías de doble sentido, mantente en el costado derecho de la vialidad para que no deslumbres a los conductores del otro sentido. Quienes no respeten estas disposiciones, serán sancionados con una multa de 10 a 20 veces la UMA vigente; esto equivale a un monto entre 896 y mil 792 pesos mexicanos.
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Además, los automovilistas perderán tres puntos de su licencia, y un punto de su placa vehicular, si la infracción fue captada en fotomulta.
Vueltas prohibidas
El artículo 10, fracción X, dicta que las vueltas continuas a la derecha o la izquierda están prohibidas, a menos que haya un señalamiento que lo permita expresamente. De lo contrario, te harás acreedor de una multa de 10 a 20 veces la UMA vigente; es decir, de 896 a mil 792 pesos.
Tampoco gires a la derecha o la izquierda en carriles no destinados para este propósito, no des vuelta en U cerca de una curva ni en lugares con señales de tránsito que lo prohíban de forma expresa, establece el artículo 11.
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El incumplimiento de estas reglas conlleva una multa de 20 a 30 veces la UMA vigente, o bien, de mil 792 a 2 mil 688 pesos mexicanos. Del mismo modo, te quitarán tres puntos de tu licencia de conducir y un punto de la matrícula de tu auto si la infracción quedó registrada en los dispositivos electrónicos de la Secretaría de Movilidad (Semovi) de la CDMX .
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Uso prohibido del celular
De acuerdo con el artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la CDMX , el uso del celular mientras manejas un vehículo se considera una acción que pone en riesgo tu integridad y la del resto de las personas en la vía pública .
Por esta razón, se sanciona con una multa equivalente al valor vigente de la UMA multiplicado por 30, 32 o 35; es decir, de 2 mil 688 a 3 mil 136 pesos mexicanos. Por otro lado, se le restan tres puntos a la licencia del conductor que cometió la falta y un punto a la matrícula del auto si la infracción fue captada por sistemas electrónicos.
Estacionarse en espacios prohibidos
Los automovilistas que se detengan en sitios con señalamientos restrictivos o cuyas guarniciones de la acera sean rojas recibirán una multa de cinco a siete veces la UMA vigente, cuya equivalencia oscila entre los 448 y los 896 pesos, dispone el artículo 11, fracción IV, del Reglamento de Tránsito de la CDMX .
También te quitarán un punto de tu licencia de conducir y de tu placa vehicular. Recuerda que las matrículas solo cuenta con 10 puntos; mientras más pierdas, mayores serán las sanciones , por ejemplo, horas de trabajo comunitario, cursos en línea o incluso negarte la verificación, menciona la Semovi.

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Meterse a carriles confinados
De igual forma, el artículo 11, fracción X, determina que quien circule sobre los carriles exclusivos o interfiera en su paso dando vueltas a la izquierda, derecha, en U o cambiando de vía aunque existan señalamientos que lo prohíban serán sancionados con una multa de 40 a 60 veces la UMA vigente.
En otras palabras, pagarán de 3 mil 584 a 5 mil 377 pesos mexicanos por esta infracción .
Respeta las señales de tránsito y apégate a las disposiciones del Reglamento de Tránsito de la CDMX para evitarte problemas, multas o riesgos innecesarios tanto para ti como para las demás personas en la vía pública .
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