Este viernes entrará en vigor el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, encargado de establecer políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección a los derechos de los menores de edad.

El Sistema Nacional se integrará, organizará y funcionará de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, su Reglamento, el presente Manual y demás disposiciones que para tal efecto emitan.

En el documento emitido por la Secretaría de Gobernación y publicado en el Diario Oficial de la Federación, señala que este ordenamiento tiene como propósito establecer directrices, principios y acciones que permitan la organización y operación del Sistema Nacional de Protección Integral previsto en la Ley.

Ello, a efecto de garantizar su cumplimiento a través de la coordinación entre las instancias de la Federación y las Entidades Federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Asimismo, con los sectores privado y social, de la generación e implementación de políticas públicas y demás acciones que promuevan la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad en el goce de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Será obligación de los integrantes del Sistema Nacional realizar diagnósticos, estudios e investigaciones que permitan recoger insumos para el diseño e implementación de políticas públicas en materia de defensa de los derechos de la niñez y la adolescencia.

Deberán poner en marcha mecanismos que garanticen la participación de las niñas, niños y adolescentes en los procesos de elaboración de las propuestas de programas y políticas públicas que aseguren el efectivo ejercicio de sus derechos.

El Sistema Nacional podrá promover políticas de fortalecimiento familiar para evitar la separación de niñas, niños y adolescentes de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de éstos.

Los Sistemas Locales se coordinarán con el Sistema Nacional para realizar propuestas de fortalecimiento y reorganización de las políticas y programas públicos estatales y programas de trabajo relacionados con la garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia.

Lo anterior, a fin de alinearlos y articularlos con las estrategias y líneas de acción del Programa Nacional, los acuerdos, resoluciones y recomendaciones que emita el Sistema Nacional.

El Sistema Nacional, a propuesta de la Secretaría Ejecutiva, establecerá una política general de comunicación para la difusión de las acciones que cada integrante del Sistema realice en el ámbito de sus respectivas competencias en el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones y recomendaciones.

El Sistema Nacional sesionará de forma ordinaria cuando menos dos veces al año, previa convocatoria y de acuerdo al calendario aprobado para tal efecto, sin perjuicio de que se realicen sesiones extraordinarias cuando existan circunstancias que lo ameriten.

cfe

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