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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estudiará si el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) es competente para reconocer si hay violaciones graves a derechos humanos para abrir las averiguaciones previas de las masacres de San Fernando, Tamaulipas, y Cadereyta, Nuevo León.
El asunto se trata de un amparo en revisión promovido por la Procuraduría General de la República (PGR) y el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) contra la apertura ordenada por un juez de Distrito a esas averiguaciones previas.
En 2014, la PGR clasificó como reservada la información contenida en las averiguaciones previas de las fosas clandestinas halladas en San Fernando, en agosto de 2010 y abril de 2011, y las de Cadereyta, en mayo de 2012.
El IFAI resolvió que al no existir una clasificación de que las indagatorias se refieren a casos de graves violaciones a los derechos humanos y que ellos no podían hacer dicha clasificación, la información no era susceptible de ser transparentada. Sin embargo, el juez de amparo consideró que sí existían tales violaciones y ordenó abrirla.
“En términos generales le dijo al IFAI que ellos no pueden excusarse de la responsabilidad que tienen de clasificar casos de graves violaciones a los derechos humanos”, agregó Ana Lorena Delgadillo, directora de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho.
En entrevista con EL UNIVERSAL, informó que en la revisión promovida por la PGR, ésta solicitó que el caso fuera atraído por la Corte, donde los ministros en pleno resolverán en definitiva el litigio.
La asociación civil representa a algunas de las familias de las víctimas, originarias de México, El Salvador, Guatemala y Honduras.
Delgadillo explicó que la Ley de Transparencia prevé desde 2014 que el contenido de las averiguaciones previas sí puede ser abierto siempre y cuando existan violaciones graves a derechos humanos. Por ello, la fundación busca que la Corte defina si la competencia para calificar si existe esta circunstancia es de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o del Inai.
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