En el arranque de las sesiones para revisar un amparo que permita la venta de marihuana medicinal, la creación de la empresa Comercializadora Rubicón entrampó el debate, por lo que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) solo analizó el interés jurídico de los quejosos sin entrar de lleno al fondo del asunto.

En su intervención ante el Pleno, el ministro Eduardo Medina Mora reveló que la empresa citada no es una compañía farmacéutica que se encuentre en operación, que se trata de una sociedad mercantil con apenas dos socios, que no cuenta con trabajadores propios y que su capital inicial es de apenas 10 mil pesos, por lo que consideró que la constitución de la misma incluso podría tener fines ilícitos.

“Me surge la duda de si el objeto de la sociedad podría ser irregular o incluso, en un extremo ilícito, y por ende, precipitar su liquidación en los términos expuestos por el artículo 3 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, es decir, que estamos ante una situación en la cual el objeto y posible funcionamiento de la sociedad quejosa se encuentran sujetos al resultado incierto de un litigio constitucional”, precisó.

El ex titular de la PGR agregó que derivado de este hecho, se podría considerar que la empresa quejosa busca “generar una discusión especulativa” sobre la aprobación de la marihuana medicinal y la irracionalidad de una prohibición absoluta para la venta de medicamentos elaborados a base de cannabis.

Por lo anterior, calificó el amparo presentado por Comercializadora Rubicón como una “intromisión indebida” en la justicia constitucional, por lo que pidió desestimar la demanda de garantías, argumentando que los pronunciamientos de la Corte deben estar fundados en problemáticas y personas reales, en lugar de ejercicios intelectuales abstractos.

Debido a que los documentos y señalamientos del ministro Medina Mora no formaban parte del expediente, el  ministro ponente del caso, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, defendió que se entrara a la discusión de fondo y rechazó que el amparo sea desestimado por falta de interés jurídico de la empresa comercializadora.

Incluso, advirtió que aun cuando la compañía citada no tenga actividades previas para elaborar medicamentos, tampoco podía acreditar que se dedicara a la venta de marihuana con fines medicinales, ya que hacerlo equivaldría “a la confesión de un delito” con la actual legislación, destacando que lo señalado por el ministro Medina Mora no fue analizado por parte del Juzgador de primera instancia ni combatido por las autoridades responsables.

La propuesta del ministro Mora no se votó, por lo que será hasta la sesión del martes cuando el Pleno decida si se aceptan los documentos obtenidos por el ex procurador en una indagatoria que realizó por cuenta propia.

afcl

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