Con voto dividido, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la integración, realizada por el Senado, de los Tribunales electorales de Quintana Roo, Chihuahua y Oaxaca.

Con los dos últimos tribunales estatales ya suman 13 en todo el país en los que sólo hay varones, por lo que la magistrada María del Carmen Alanís acusó un “retroceso inadmisible” y votó en contra de validar la conformación.

Los tribunales con “cero mujeres” son, según refirió la magistrada, los de Aguascalientes, Baja California Sur, estado de México, Guanajuato, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Tlaxcala y Veracruz, y se suman Oaxaca y Chihuahua.

Al validarlos “estamos abandonando lo construido por esta Sala Superior…se establece que debe ser obligatorio que esté expreso en la Constitución y en las leyes, que si no está expreso no puede exigirse una interpretación favorable a estos grupos tradicionalmente discriminados (mujeres e indígenas) para que puedan acceder en condición de igualdad”.

Eso, dijo, contradice decisiones de la Sala Superior para impulsar la paridad de género horizontal y vertical en el registro de candidaturas, o en la integración de los Organismos Públicos Electorales Locales (OPLs), sin que esté expresamente en las leyes,

Además, advirtió, en los expedientes consta que el Senado violó el procedimiento establecido para las designaciones. “No hay un solo documento ni de la Comisión de Justicia ni de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) ni del Pleno del Senado que justifique” por qué entraron unos y no otros.

El propio Senado, la Cámara de Diputados, los Congresos locales, “pugnaron por la paridad en la representación política y han votado y han conformado otros órganos del Estado con mujeres y con varones” sería deseable seguir en esa línea, pero los senadores decidieron no tomar una sola medida.

Recordó que el mismo senador Manuel Bartlett denunció que ni siquiera se reunió en la Jucopo.

Pero la integración fue aprobada por mayoría de cuatro magistrados, quienes consideraron que las designaciones son competencia exclusiva del Senado, por lo que no era viable recomendar la inclusión de medidas de equidad o paridad de género.

Acordaron que en las designaciones impugnadas no se registraron actos de discriminación en detrimento de un género, pues hombres y mujeres participaron en el proceso de selección.

El magistrado Manuel González Oropeza explicó que hubo convocatoria abierta, en donde los interesados acudieron al Senado y presentaron sus documentos.

Además dijo que el artículo 41 de la Constitución indica que sólo en los cargos de elección popular se debe garantizar la paridad. “Los jueces somos servidores públicos seleccionados por criterios estrictamente de méritos, objetivos y no tenemos la categoría de ser representantes de las mujeres, representantes de los indígenas, de los grupos indígenas”.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López indicó “no debemos de perder de vista que una cuestión es la conformación de cargos de elección popular con aquella integración de órganos jurisdiccionales en los que se debe de tomar en consideración la capacidad de manera objetiva”.

afcl

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