politica@eluniversal.com.mx

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha hecho valer la privacidad de aquellos ciudadanos que han apoyado con sus firmas a los candidatos independientes y no revelar datos personales de éstos.

“Es excesivo, innecesario y desproporcionado publicar la lista con datos personales de los ciudadanos que apoyen a un aspirante”, indicó el TEPJF en la tesis IV/2015 relativa a candidaturas independientes.

Ahí determinó que no se puede exigir hacer pública la lista con datos personales (nombre completo, distrito electoral de residencia y opinión política) de los ciudadanos que apoyen a un aspirante a candidato independiente.

En la tesis, informó el TEPJF en un boletín de prensa, se señala que la publicación mencionada resultaba una medida excesiva, pues no contribuye a alcanzar ningún fin constitucional legítimo y sí podría inhibir la participación ciudadana.

En este sentido se estableció como innecesaria la medida, además de desproporcionada, pues se genera una afectación al derecho a la privacidad de las personas que dan su apoyo, cuando éste no significa por sí mismo una promesa de voto, ni permite vincularlas con el posible candidato independiente.

El TEPJF también informó que durante todo 2015 la Sala Superior y seis Salas Regionales resolvieron 27 mil 665 medios de impugnación.

El tipo de recurso más atendido fue el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, pues se resolvieron 19 mil 809 casos presentados en este año, más 972 que se encontraban pendientes, para un total de 20 mil 44.

Por esa vía los impugnantes defendieron, entre otros temas, el derecho de votar y ser votado, de asociación y de afiliación a los partidos políticos; los relativos a paridad de género, usos y costumbres de los pueblos indígenas, vida interna de los partidos políticos o integración de organismos electorales locales.

El segundo medio de impugnación con mayor número de asuntos resueltos por las salas del TEPJF fue el juicio de revisión constitucional electoral, con 2 mil 311 casos presentados para impugnar actos o resoluciones de las autoridades sobre organización y calificación de comicios locales o para resolver controversias que surjan durante éstos y que sean determinantes para los resultados de las elecciones.

El recurso de reconsideración, vía empleada para controvertir sentencias de fondo dictadas por las Salas Regionales, ocupó el tercer lugar, con mil 103 casos.‎

También se atendieron mil 22 recursos de apelación, 572 de revisión del procedimiento especial sancionador, 505 juicios de inconformidad, 328 asuntos generales, 133 juicios para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el INE y sus servidores.

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses

[Publicidad]