La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó esta noche que el candidato de Movimiento Ciudadano (MC) a gobernador de Colima, Leoncio “Locho” Morán no violó la ley con sus mensajes en Facebook.

Las redes son espacios de plena libertad, “restringir contenidos alojados en redes sociales como Facebook sin fundamento legal alguno se considera como un recurso desproporcionado” y no es una medida proporcional para proteger la equidad y legalidad de la contienda, resolvieron los magistrados.

En noviembre el PRI y su candidato Ignacio Peralta denunciaron al candidato de MC, quien escribió en su cuenta “Locho Morán es un hombre que surge producto de un trabajo acreditado en el servicio público”, y “Locho Morán porque sabe, porque puede y porque quiere, Colima merece ese buen gobierno y ese buen gobierno lo representa Locho Morán”.

La Sala Regional determinó que no se detectó propaganda indebida. En este caso la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) si había considerado –el pasado 23 de noviembre-- suspender el mensaje por considerar que podría violar la equidad en la contienda.

Sin embargo los magistrados si multaron al MC con 7 mil 100 pesos por incurrir en actos anticipados de campaña a gobernador en Colima, con la difusión de spots de radio y televisión.

En esos mensajes pautados a principio de mes MC hizo un llamado implícito a no votar por PRI y PAN al gobierno de Colima, lo que no estaba permitido en esa etapa de intercampaña.

Sin embargo los juzgadores determinaron que en los spots no hubo frases “calumniosas”, como lo denunciaron el PRI, el PAN y su candidato Jorge Luis Preciado.

En otro asunto resuelto en su última sesión del año los magistrados impusieron al PRI una amonestación pública por realizar actos anticipados de campaña con la colocación de lonas y pinta de bardas.

Además declararon infundada una queja del PRI contra el presidente municipal de Coquimatlán, Colima, la presidenta del sistema de Desarrollo Integral para la Familia de ese ayuntamiento y del PAN, por la realización de un acto de precampaña de un acto a favor del abanderado del PAN.

Al cierre de la sesión, el magistrado presidente, Clicerio Coello, destacó que en el primer año del nuevo régimen sancionador en materia electoral la Sala resolvió mil 419 expedientes.

En ellos “se han fijado criterios de relevancia para el ejercicio de libertad de expresión y para preservar principio de equidad de los procesos electorales”.

afcl

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