Los concesionarios de taxis, del servicio de transporte público colectivo de pasajeros y de carga privado y mercantil, que no hayan acreditado la revisión documental y/o inspección física mecánica de la revista vehicular de 2010 a 2014 estarán exentos del pago de multas.

En tres resoluciones de carácter general, la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal condona el cien por ciento de la multa a los taxistas que no se hayan presentado o que habiéndose presentado no fue aprobada la inspección física-mecánica en el lugar establecido por la dependencia capitalina.

En tanto, a los concesionarios del servicio de transporte público colectivo de pasajeros y permisionarios de transporte de carga privado y mercantil locales se les exime del cien por ciento del pago de los derechos por la vigencia anual de la concesión y la revista.

Lo anterior, previstos en el artículo 220, fracción X, del Código Fiscal del Distrito Federal, para los ejercicios 2010, 2011 y 2012.

También se condona el cien por ciento de la multa prevista en el artículo 102, fracción III, inciso 9), del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 230 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente, para los ejercicios fiscales 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014.

Para gozar de este beneficio, los taxistas deben realizar el pago y trámite de revista vehicular 2015, estar al corriente en el pago de los derechos de la vigencia anual de la concesión y la revista, así como de la tenencia, cuyos comprobantes de pago deberán exhibirse,

En tanto que para el servicio público de pasajeros y privado y mercantil, deberán realizar el pago y el trámite de vigencia anual de la concesión y la revista vehicular, correspondiente a los ejercicios 2013, 2014 y 2015, cumplir con el trámite de la revista vehicular 2015 y estar al corriente en el pago de la tenencia.

Las personas que proporcionen documentación o información falsa o la omitan, con el propósito de gozar indebidamente de los beneficios que se otorgan en la presente resolución perderán los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades penales o administrativas a que haya lugar.

Estas disposiciones entrarán en vigor a partir de este sábado y concluirán el 19 de noviembre de 2015. Además, la Tesorería del Distrito Federal y la Secretaría de Movilidad, instrumentarán las medidas necesarias para el debido cumplimiento de estas resoluciones.

ahc

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