Alrededor de 5 mil 30 personas han sido infraccionadas, en casi un mes, por no respetar las modificaciones hechas al programa 'Hoy No Circula'.

De acuerdo con la Secretaria de Seguridad Pública (SSP) capitalina, del 5 de abril al 3 de mayo fueron sancionados 5 mil 30 conductores, de los cuales 4 mil 997 conducían autos y 33 motocicletas.

Tal como lo establece la norma, todos los vehículos fueron enviados al corralón.

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México vigente, en su artículo 47, estipula que "los conductores de vehículos motorizados deberán acatar los programas ambientales y no circular en autos que tengan restricciones y/o en eco zonas o zonas de movilidad sustentable, los días y horas correspondientes".

Las sanciones para quienes no respetan la regla van de las 20 a las 30 Unidades de Cuenta de la Ciudad de México (71.68 pesos).

Mientras que el costo del arrastre y el corralón es de 980 pesos.

Van 298 camiones de carga sancionados

La SSP detalló que del 18 de abril al 3 de mayo, 298 conductores del transporte de carga fueron infraccionadas por ignorar la disposición de restringir su circulación en vialidades de la ciudad en un horario de 06:00 a las 10:00 horas. Del total de sanciones, 257 se efectuaron en abril y 41 en mayo.

En ese mismo periodo de tiempo, otros 498 operadores de camiones de carga fueron multados por trasgredir el artículo 25 de las normas generales para circulación de vehículos, que ordena: circular en las vías y horarios establecidos; circular por carril de la extrema derecha y usar el izquierdo sólo para rebasar y realizar maniobras de carga y descarga en lugares seguros sin afectar el tránsito vehicular.

La dependencia capitalina recordó que el artículo 26 prohíbe a estos mismos conductores: circular por carriles centrales y segundos niveles de las vías de acceso controlado; hacer base o estacionar el vehículo fuera de un lugar autorizado o de los sitios de encierro o guarda correspondientes.

Y, en caso de trasportar sustancias tóxicas o peligrosas, deben sujetarse estrictamente a circular por las rutas en horarios e itinerarios de carga y descarga autorizados.

Si hay congestionamiento vehicular que interrumpa la circulación, el conductor deberá solicitar a los agentes prioridad para continuar su marcha, luego de mostrarles la documentación que ampare el riesgo sobre el producto que transporta, a fin de salvaguardar la integridad física de las personas y bienes.

El vehículo debe ir señalizado y balizado; los conductores también deberán cumplir con los lineamientos en materia de sustancias peligrosas que expidan las autoridades competentes.

La corporación policiaca recordó que el artículo 28 prohíbe a los conductores de vehículos que transportan sustancias tóxicas o peligrosas: estacionar los vehículos en la vía pública o en la proximidad de fuente de riesgo, independientemente de la observancia de las condiciones y restricciones impuestas por las autoridades federales en materia ambiental y de transporte, así como realizar maniobras de carga y descarga en lugares no destinados para tal fin.

ahc

Google News

Noticias según tus intereses