La aplicación del principio de paridad de género motivará que seis de las 11 candidaturas para las presidencias municipales de Quintana Roo sean encabezadas por mujeres, confirmó el Instituto Electoral del estado (IEQROO).

Aunque no ha quedado definido cuáles serán los municipios donde las planillas estarán encabezadas por mujeres de acuerdo con lo declarado por la consejera presidenta, Mayra San Román Carrillo Medina.

La funcionaria electoral informó que están a la espera de que el Instituto Nacional Electoral (INE) precise con mayor claridad los alcances del acuerdo 63, que emitió el 8 de febrero pasado, respecto a la obligatoriedad de los partidos políticos para acatar el principio de paridad de género.

De no garantizar la paridad horizontal y vertical, el IEQROO deberá negar el registro de candidatos en distritos o demarcaciones donde las candidaturas correspondan a mujeres.

Dicho acuerdo, en su término primero, establece la facultad de atracción del INE para establecer los criterios que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes y Organismos Públicos Locales (OPL), para garantizar el cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular en el ámbito local.

Uno de sus puntos indica que, cuando sea impar el número total de candidaturas postuladas por algún partido político, coalición o candidatura independiente, el número mayoritario deberá corresponder al género femenino. También señala que para el caso de planillas para ayuntamientos, así como de las listas de representación proporcional, 50% deberán estar encabezadas por mujeres.

“Si el número de circunscripciones o municipios es impar, el género mayoritario que encabece las listas o planillas deberá ser femenino”, añade.

Lo anterior implica que al tratarse de 11 ayuntamientos, los partidos políticos tendrán que postular a seis candidatas mujeres y a cinco varones.

San Román Carrillo insistió en que es potestad de los partidos políticos, en términos de su facultad de autodeterminación, decidir en qué municipios postulará a candidatas mujeres, siempre y cuando sea en seis de los 11 ayuntamientos, al tratarse de un número impar, tal como lo obliga la ley.

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