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La Red Compartida Mayorista puede ofrecer servicios minoristas a los usuarios finales en caso de que no existan empresas interesadas en utilizarla y ofrecer servicios en algunas zonas del país, confirmaron fuentes de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión contempla la posibilidad de que, en caso de que ninguna empresa desee usar la capacidad que comercializa la Red Compartida, el operador de la misma preste el servicio.

“Cuando no hubiere concesionario o autorizado que preste servicios a los usuarios finales en determinada zona geográfica y exista cobertura e infraestructura de las redes mayoristas referidas en los artículos decimoquinto y decimosexto del Decreto, el Ejecutivo Federal garantizará, a través del organismo descentralizado denominado Telecomunicaciones de México, de comercializadoras o concesionarios, la prestación de servicios a los usuarios ubicados en las localidades respectivas, hasta en tanto exista otra oferta para los usuarios”, indica el artículo 140 de
la Ley.

Este jueves se van a hacer públicos los consorcios interesados en participar en la licitación de la Red Compartida, la cual lleva servicios de telefonía móvil e internet 4G al menos a 85% de la población.

La red va a ser operada bajo un esquema de Asociación Público-Privada, entre un consorcio conformado por empresas y la SCT.

Los concursantes entregarán a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) la documentación que incluye la opinión en competencia económica e influencia emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el cual tiene hasta hoy (lunes) para entregar este documento a los participantes.

Para que el desarrollador de la Red Compartida pueda prestar servicios a los usuarios finales debe solicitar la autorización al regulador, explicaron fuentes de la SCT.

“Es la única excepción en la ley para que se convierta en minorista y sólo en ese lugar, donde no compren, no en todo el país”, precisaron.

Esta excepción contemplada en la legislación de telecomunicaciones fue incluida considerando que pueden existir casos en los que se invirtió en la señal, en calidad y no se logró vender a terceros, comentaron.

“Entonces no tendría sentido decir retiro mi inversión, vamos a probar si el mercado te sirve y ahí, previa autorizaciones y estudios del IFT, principalmente en temas de competencia, podría autorizar la venta minorista”.

Fuentes de la dependencia aseguraron que esto no va a generar problemas anticompetitivos.

“Porque se supone que esta Red está hecha para los otros (operadores) y si ellos no la quieren aprovechar no desaprovechemos la Red y perjudiquemos al usuario, dejemos que venda, en términos de competencia no tiene problema”, comentaron.

Agregaron que el operador de la Red Compartida puede rentar infraestructura pasiva de otras empresas, de manera que tiene la posibilidad de solicitar el acceso a las aproximadamente 30 mil torres de servicios móviles que hay en el país.

Quienes pueden usar los servicios de la Red Compartida son los actuales operadores de telefonía móvil: Telcel, Telefónica México y AT&T México; las empresas de telefonía fija que no cuentan con espectro para dar el servicio y los operadores móviles virtuales.

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