El pasado 21 de abril, el Presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de decreto para modificar la Ley de Aviación Civil, con el objetivo de cumplir con las recomendaciones que hizo la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA) durante su auditoría a la aviación mexicana.

La iniciativa se centra en seis áreas para que México cumpla con las normas de seguridad recomendadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

Detalla las facultades que tendrá la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) en aeropuertos y helipuertos .

Además, prohíbe el cabotaje a propietarios extranjeros de aeronaves no mexicanas destinadas a uso particular, restringe a permisionarios mexicanos que presten el servicio de transporte aéreo internacional como taxi aéreo o de fletamento que hayan embarcado en el extranjero, y pide certificados de aeronavegabilidad para vuelos ferry.

Otro punto es que reitera el derecho del pasajero a llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano que no rebasen los 10 kilos.

En tanto, en el caso de accidentes, la iniciativa establece que las operaciones de búsqueda y salvamento estarán a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), pero los costos directos que se originen por el rescate de la aeronave, la investigación y el rescate de las víctimas, y sus bienes deberán ser pagados por el concesionario o permisionario.

Pablo Casas Lias, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas, opina que no se trata de una reforma a fondo ni presupuestaria, que es el problema real de las autoridades aeronáuticas mexicanas, pues el presupuesto para la AFAC en 2021 es de 379.7 millones de pesos, el menor de todo el sector, y casi 140 millones menos que el año anterior.

Esto, aseguró, pone en riesgo la categoría aérea 1 con la que la FAA califica como seguros aeronáuticamente a los países con los que Estados Unidos tiene convenios.

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