Esta semana el gremio jurídico hizo lo que mejor sabe hacer internet: convertir un fragmento de treinta segundos en la noticia de la semana.

El clip mostraba a la ministra María Estela Ríos afirmando, entre otras cosas, que las trabajadoras del hogar no tenían una relación laboral. Bastaron unas horas para que llegaran las burlas, los memes, las descalificaciones y los diagnósticos anticipados sobre el nivel del nuevo Pleno de la Suprema Corte.

Confieso que yo también caí en la conversación. Incluso hice un video en mis redes preguntando: Ya mucho fútbol ¿Qué está pasando en el Pleno de la Suprema Corte? El video tuvo bastante alcance, tan bueno que hasta un medio decidió inspirarse bastante en él. Guiño, guiño, Jejeje Político.

Pero hubo algo que me hizo ruido, ¿cómo era posible que una intervención tan escandalosa hubiera aparecido de la nada? La respuesta era sencilla: no era de esa semana.

El video correspondía, en realidad, a una sesión celebrada el 23 de febrero de 2026. Es decir, llevaba más de cuatro meses sin llamar particularmente la atención. Y el contexto cambia bastante. La discusión no trataba sobre derechos laborales ni sobre el reconocimiento jurídico del trabajo del hogar. El Pleno analizaba la Acción de Inconstitucionalidad 79/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, contra el artículo 325 del Código Penal de Chiapas, respecto al delito de terapias de conversión y debatía si la expresión "relación doméstica" era lo suficientemente precisa para mantenerse como agravante de un delito o si vulneraba el principio de taxatividad penal, es decir, la obligación de que las normas penales describan con claridad las conductas que sancionan.

Vista así, la intervención de María Estela Ríos adquiere mucho más sentido. Lo que sostenía era que la expresión "relación doméstica" era demasiado amplia y podía abarcar desde familiares hasta cualquier persona que conviviera en un mismo espacio, dejando un margen excesivo de interpretación para ministerios públicos y jueces.

No obstante, la ministra eligió como ejemplo a las personas trabajadoras del hogar, y ahí está el problema.

Porque la propia Suprema Corte construyó durante años una de las líneas jurisprudenciales más importantes para reconocer los derechos de este sector. En el amparo directo 9/2018 declaró inconstitucional excluir a las personas trabajadoras del hogar del régimen obligatorio del IMSS, al reconocer que esa exclusión constituía una forma de discriminación estructural contra un trabajo desempeñado mayoritariamente por mujeres y que históricamente había sido precarizado.

Por eso, aunque el debate se dirigía a un problema completamente distinto, la taxatividad de un tipo penal, la afirmación resulta sumamente problemática. Una cosa es discutir si la expresión "relación doméstica" es constitucionalmente precisa y otra muy distinta utilizar como ejemplo a un sector cuyos derechos laborales la propia Corte ha contribuido a fortalecer.

Pero quizá esa ni siquiera sea la parte más preocupante de toda esta historia, porque lo verdaderamente preocupante es que casi nadie vio la sesión completa o si la vieron se les olvidó por completo.

Durante años las discusiones del Pleno eran seguidas por litigantes, periodistas especializados, estudiantes y académicos. Hoy parecen existir únicamente cuando alguna ministra se convierte en meme.

También resulta preocupante que varios medios de “crítica política” replicaran el video sin explicar qué asunto se discutía, qué se estaba votando o siquiera que el clip correspondía a una sesión celebrada cuatro meses antes. El problema no es hacer periodismo rápido; el problema es confundir viralidad con información.

Paradójicamente, el verdadero debate fue mucho más interesante que el fragmento que circuló en redes. Durante varias horas, ministras y ministros discutieron sobre el alcance del principio de taxatividad, la protección penal frente a las llamadas terapias de conversión y el significado jurídico de una sola palabra: "doméstica".

También preocupa que la nueva Suprema Corte parezca darse el lujo de aparecer en la conversación pública únicamente cuando alguno de sus integrantes se convierte en meme.

Una institución encargada de interpretar la Constitución no puede construir su relevancia a golpe de viralidad. Y esa responsabilidad no es exclusiva de la comunicación institucional: también es de cada una de las personas ministras. Al final, son sus intervenciones, sus argumentos y la forma en que comunican sus decisiones las que terminan definiendo cómo la ciudadanía percibe al máximo tribunal del país.

Aunque, siendo honesta, este fin de semana probablemente todos estaremos más pendientes de si la Selección logra pasar a la siguiente ronda.

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dft

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