Las recientes modificaciones a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, aprobadas por la Cámara de Diputados y posteriormente por el Senado de la República, representan, sin duda, pasos positivos para fortalecer el trabajo de la Auditoría Superior de la Federación (ASF). Destacan la notificación electrónica de todas las actuaciones que deriven del proceso de fiscalización; la ampliación de facultades para investigar presuntas faltas administrativas graves, las que pueden iniciarse de oficio o derivado de una denuncia, sin que previamente se haya realizado una auditoría; la celebración de convenios con las entidades estatales de fiscalización para la práctica de auditorías a recursos federales, conforme a las directrices que establezca la ASF; y la administración de un Sistema Nacional de Registro de Información y Datos relacionados con el uso de recursos federales.

Asimismo, se contemplan otros cambios que, debe decirse, atienden reclamos que he planteado en columnas anteriores: la eliminación de las “solicitudes de aclaración”, que prolongaban innecesariamente los plazos para aclarar una posible irregularidad, y el otorgamiento de facultades a las áreas auditoras para presentar denuncias penales cuando se cuente con elementos suficientes, cuya eliminación en agosto de 2021 fue la causa principal de mi renuncia a la ASF.

Sin embargo, es importante recordar una verdad fundamental: no hay andamiaje jurídico que funcione por sí solo si no existe voluntad política para hacerlo operar. Las “mejores” leyes pueden quedar como letra muerta si falta el compromiso real de las autoridades para aplicarlas con rigor, independencia, oportunidad y máxima transparencia.

Recordemos que en 2016 entró en vigor la ley que dio origen al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). Entonces se aprobó un paquete conocido como las “siete leyes” que generó una enorme expectativa ciudadana. Se trataba de un esfuerzo legislativo y de la sociedad civil sin precedentes para crear un sistema coordinado de prevención, detección, investigación y sanción de la corrupción en los tres órdenes de gobierno. No recuerdo haber visto anteriormente un ánimo de tanto optimismo en la ciudadanía al haberse logrado construir un sólido andamiaje jurídico para combatir la corrupción y la impunidad.

El primer Comité Coordinador del SNA se instaló en abril de 2017. En ese momento, México ocupaba el?lugar 123 de 176 países?en el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional (IPC 2016) con una calificación de?30 puntos. Nueve años después, el país se ubica en el?lugar 141 de 182 naciones?con una calificación de?27 puntos?(IPC 2025). La percepción de corrupción no solo no mejoró de manera significativa, sino que se ha mantenido en niveles preocupantes a pesar del andamiaje jurídico diseñado ex profeso para su abatimiento. ¿Qué falló? La voluntad política.

En el caso específico de estas modificaciones, lamento que no se contemple la publicación de los oficios de pronunciamiento ni de los dictámenes técnicos de no solventación que emite la ASF al cierre de la etapa de aclaración. Estos documentos permiten conocer con qué elementos, pruebas y razonamientos técnicos se determina si un asunto señalado con posible irregularidad en un informe se aclaró o no. En términos coloquiales, no nos dejarán ver el final de la película. Su opacidad deja vivo un espacio de discrecionalidad que evitará el escrutinio público y seguirá alimentando suspicacias que lastimarán innecesariamente a la institución, especialmente cuando involucren montos millonarios o casos de alto perfil. La ciudadanía sigue anhelando que el combate a la corrupción y la voluntad política?vayan de la mano.

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