Debido a que detectó que una mujer embarazada fue forzada a continuar realizando trabajos pesados que la ponían en riesgo a ella y al bebé, así como la negativa que tuvo durante un tiempo para tener un horario de lactancia , la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) emitió una recomendación dirigida al gobernador del Estado de México , Alfredo del Mazo Maza , y al ombudsperson de esa entidad.

El 4 de agosto del 2017, una mujer de 28 años, que labora en el área de vacunas del Centro de Salud Urbano de Nezahualcóyotl , presentó un escrito de queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México por sufrir acoso laboral , agresiones físicas y violencia por parte de su jefa inmediata , las cuales empeoraron cuando la notificó que estaba embarazada y después en su periodo de lactancia .

Sin embargo, el organismo local no encontró elementos para determinar qué hubo violaciones a los derechos humanos, por lo que la víctima impugnó esa decisión.

La mujer mencionó que durante su periodo de embarazo, sus superiores le instruían acudir al almacén por vacunas, al que tenía que trasladarse en vehículo automotor y además debía llevar termos con capacidad de 45 y 100 litros, que la mayoría de las veces tuvo que cargar. Cuando tenía seis meses de gestación, sufrió una torcedura de pie por cargar uno.

Su jefa inmediata también le exigía que limpiara la parte superior de los refrigeradores industriales, por lo que tenía que subir a una silla para poder hacerlo.

En la última etapa del embarazo no le cerraba la filipina, por no contar con uniforme adecuado a su estado; sin embargo, su jefa inmediata le exigía constantemente de manera verbal, con jaloneos y tocamientos en el cuerpo que se la cerrara.

El día que nació su hijo, ella llegó a laborar temprano, se sintió mal y tenía manos y pies hinchados; tras revisarla, un médico del centro de salud le dijo que tenía signos de preeclampsia, pero sus superiores no le dieron permiso de salir.

Después de tres horas de pedir varias veces el permiso, decidió retirarse por su cuenta al hospital, donde de inmediato le realizaron una cesárea para evitar más riesgos para ella y su hijo.

De acuerdo con la CNDH, cuando la agraviada regresó a laborar, solicitó su licencia para horario de lactancia, la cual le otorgaron cuatro meses después; mientras que su jefa le dijo “que no había privilegios ni derechos para ella, que aún no se la autorizaban y no tenía permitido moverse de su lugar”.

Ante la negativa ella buscaba diariamente espacios para tene privacidad y extraerse la leche o amamantar a su hijo, lo que hizo en los baños de mujeres y en el cuarto de máquinas.

La CNDH encontró que hubo “violaciones a los derechos humanos en agravio de una mujer en el ejercicio a su derecho para lactar y alimentar a su hijo recién nacido, que además se encuentran insertas en un contexto de acoso laboral que se remonta a su etapa de embarazo y que terminó por privarla totalmente de su derecho de lactancia, además de que el no permitirle retirarse al hospital ante signos de preeclampsia pusieron en riesgo la salud y la vida del binomio materno-fetal”.

Por esas razones, en la Recomendación 57/2018 le solicitó al gobernador del Estado de México reparar integralmente el daño ocasionado a la agraviada y su hijo conforme a la Ley General de Víctimas, garantizar la estabilidad laboral de la víctima en un ambiente adecuado en el Centro de Salud y cesar de inmediato los actos de hostigamiento laboral, las acciones y omisiones que pudieran impactar en su integridad psicológica y física.

Al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México le pidió que en las quejas que reciba y tramite, en que se desprenda que pueden existir violaciones a los derechos humanos de las mujeres, investigue con perspectiva de género y de acuerdo con lo dispuesto en la recomendación.

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