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La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad Interior, misma que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó enviar a la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
La comisión se convirtió en el tercer organismo en presentar impugnaciones contra esta ley; sin embargo, sus homólogas en Oaxaca y la Ciudad de México presentaron controversias constitucionales por invasión de competencias en materia de protección de datos personales de las víctimas de violaciones a derechos humanos.
La Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro también presentó una acción de inconstitucionalidad, pero fue desechada la semana pasada porque ninguno de los organismos están legitimados para promover esta clase de recursos.
La demanda fue registrada con el número 21/2018 para que el ministro Pardo analice su contenido y resuelva si será o no admitida a trámite.
En los últimos días, el ministro ha admitido las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), y las cámaras de Diputados y Senadores.
Dio entrada a las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Cholula, Puebla, y Parral de Hidalgo, Chihuahua, que argumentaron violación al municipio libre por parte de la ley.
De acuerdo con los artículos transitorios de la Ley de Seguridad Interior, el término de 30 días naturales para presentar acciones de inconstitucionalidad venció el pasado 22 de enero, en tanto los 30 días hábiles para presentar controversias constitucionales vencieron hoy.
De todos los que han impugnado, el municipio de Parral de Hidalgo fue el único que solicitó al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo poner a consideración del pleno de la Suprema Corte de Justicia, resolver el asunto de manera prioritaria.
En el acuerdo de admisión el ministro Pardo rechazó la petición, puesto que sólo el Senado puede realizar la solicitud para que sea puesta a consideración del resto de los integrantes de la Corte.
La Suprema Corte no tiene plazos fijos para dictar sus resoluciones por lo que el análisis de todas las demandas y la elaboración de un proyecto de resolución puede culminar hasta finales de este 2018 o incluso puede tardar más.