La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE), declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el PAN en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador para detener la emisión de i nformes y festejos , con uso de recursos públicos y con fines de promoción personalizada.

Los consejeros determinaron que en principio el evento del 1 de julio, mismo que fue denunciado por el PAN, fue un ejercicio de rendición de cuentas, en tanto que, en caso de que haya habido uso de recursos públicos, eso le tocará resolverlo a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que se negaron las medidas cautelares solicitadas, entre ellas las de tutela preventiva para evitar la repetición de las conductas denunciadas.

El PAN acusó a López Obrador de usar los recursos del Estado mexicano para posicionarse y realizar expresiones de carácter político-electoral durante el evento denominado “2º año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, mismo que fue rendido por el mandatario en Palacio Nacional.

Con ello, según el representante del PAN, Víctor Hugo Sondón, el jefe del Ejecutivo Federal incurrió en violaciones a los artículos 134 de la Constitución y 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), en los que se prohíbe que en la propaganda gubernamental se haga uso de imágenes, voces, logotipos, con fines de promoción personalizada de los funcionarios públicos

Además, a decir del panista, el presidente de la República hizo una serie de posicionamientos durante el evento celebrado el pasado 1 de julio de 2020, “destacando sus logros de gobierno y su relación con los compromisos de campaña, confundiendo a la ciudadanía al realizar diversas expresiones de carácter político-electoral, con la intención de vincularlas con los próximos procesos electorales.”

Sin embargo, por unanimidad de las consejeras Claudia Zavala, presidenta de la Comisión, Adriana Favela, y el consejero Jaime Rivera, “no se advierte ningún elemento para suponer que la Presidencia de la República desplegó una campaña publicitaria relacionada con el evento y que contravenga el orden jurídico, ya que se está en presencia de un ejercicio de rendición de cuentas, amparado en el derecho a la libertad de expresión y a la información”.

El PAN puede recurrir ante la Sala Superior del Tribunal Electoral la negativa del INE a emitir medidas cautelares, entre ellas de tutela preventiva para evitar la repetición de las conductas denunciadas.

maot

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