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, el asesino confeso del excandidato presidencial priista, Luis Donaldo Colosio, no es una persona de alta peligrosidad, aseguró la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que externó su preocupación por las declaraciones realizadas por la comisionada del Sistema Penitenciario de Baja California, María Elena Andrade Ramírez, al referirse a la decisión de un juez federal de negarle su traslado al Centro de Reinserción Social “El Hongo” II, ubicado en esa entidad.
A través de un comunicado, la CNDH dijo que Andrade Ramírez manifestó que el área jurídica y normativa de esa Comisión a su cargo, participó en un supuesto “litigio estratégico” para sostener la inviabilidad de recibir a la víctima, señalando además que está considerada de “alta peligrosidad”, y que Baja California no cuenta con centros penitenciarios de máxima seguridad.
“Lo que más nos preocupa, y extraña, es su dicho acerca de que: ‘Recibimos la alerta que en Tijuana ya había personas buscando contactar a quien purga desde hace 28 años’, agregando que la Persona Privada de la Libertad (PPL) ha demostrado ‘bastante liderazgo en la cárcel’, relacionándolo con situaciones y hechos que no aclaró”, añadió el organismo que encabeza Rosario Piedra Ibarra.
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Consideró que esas declaraciones son “lamentables, revictimizantes y desinformadas, ya que la víctima no se encuentra catalogada como de alta peligrosidad, y con dicha manifestación estigmatiza y conculca el derecho humano de esta, quien se encuentra privada de su libertad, purgando una sentencia. Además, al señalar que recibieron ‘alerta’, está obligada a hacer públicos los hechos que señala”.
Expuso que los señalamientos de la comisionada del Sistema Penitenciario Estatal de Baja California, enrarecen la nueva investigación en curso, y entorpecen la posibilidad de que la víctima pueda purgar su pena en lugares cercanos a su domicilio, hasta en tanto se revisa su caso.
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Indicó que el trámite legal de su petición se encuentra pendiente de resolverse, con lo cual se busca una reparación integral del daño causado a la víctima, al considerar la existencia de violaciones a derechos humanos en agravio de la víctima, de manera específica a la integridad personal y trato digno entre otros, derechos humanos que se encuentran protegidos por la Constitución General y las leyes que de ella emanan, en las que se ponderan los principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.
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“Estamos girando extrañamiento formal a la funcionaria, por parte de la Coordinación de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos, a efecto de que haga las aclaraciones indispensables necesarias”, dijo.
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